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La CE refuerza los derechos de los trabajadores ante el despido colectivo

La Comisión Europea aprobó ayer en Bruselas un proyecto de directiva para reforzar los derechos de los trabajadores ante los despidos colectivos. La obligación del empresario de informar y consultar a los respresentantes sindicales con anterioridad a cualquier reducción sustancial de la plantilla se extiende a las sociedades con delegaciones y filiales en otro país. Asimismo, los ajustes de personal tendrán que ser notificados previamente a las autoridades competentes.El nuevo proyecto no es sino una ampliación de los requisistos contenidos en la directiva comunitaria de 1975 referida a salvaguardar ciertos derechos de los trabajadores en caso de despido colectivo. Hasta ahora, la norma comunitaria tenía un ámbito de aplicación nacional, a pesar de que sólo seis países (Alemania, Italia, Holanda, Luxemburgo, Grecia y Portugal) de los Doce cuentan con leyes específicas que garantizan estas obligaciones.

En España, Reino Unido y Francia sólo se aplica el contenido de esta directiva para aquéllas reducciones de plantilla que resulten de una decisión judicial. Las razones que esgrime la Comisión para ampliar el marco de competencia de la directiva son consecuencia de los efectos anticipados del mercado único.

El proyecto de la Comisión tendrá que ser aprobado por el Consejo de Ministros de Asuntos Sociales de la CE para poder entrar en vigor. Prevé la posibilidad de declarar el despido colectivo nulo si la consulta previa a los representantes de los trabajadores no ha tenido lugar. Para las empresas con menos de 50 trabajadores la obligación del empresario quedará reducida a la simple información de los motivos que le empujan al ajuste de plantilla.

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