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La CE limita a los 'paraisos de difusión' en las emisiones por cable y satélite

Los derechos de autor de los programas de radio y televisión difundidos por cable o por satélite serán regulados a partir de 1995 por una norma comunitaria, según el proyecto de directiva aprobado el miércoles en Bruselas por la Comisión Europea. Esta armonización pretende evitar los continuos litigios a causa de emisiones televisivas en un país comunitario distinto a aquel para el que se tienen comprados los derechos.

FÉLIX MONTEIRA, La nueva norma, según los comisarios Martin Bangemann y Jean Dondelinger, autores de la propuesta, intenta rellenar la laguna creada a raíz de la directiva de "Televisión sin fronteras" aprobada el 3 de octubre de 1989.Las emisiones transfronterizas son legales en la CE, pero sucedeque algunos programas emitidos en otro territorio nacional no cuentan con derechos de autor para ello y entran en colisión con los intereses de otras televisiones y cadenas de radio.

Por esta razón, TVE Internacional distribuye por cable en Bélgica y por satélite en otros países europeos una programación sensiblemente diferente a la de sus dos canales nacionales. Sólo ofrece los programas de su absoluta propiedad.

Aun así, durante la guerra del Golfo, por ejemplo, las imágenes del telediario adquiridas a otras cadenas eran sustituidas por un mapa y una voz en off que explicaba algo que le era vetado al telespectador.

La RAI-1, que emite su programación nacional, sufre con frecuencia distorsiones de imagen por retransmisiones y programas para los que tiene adquiridos los derechos de emisión en Italia, pero no en otros países. Lo mismo sucede con cadenas francesas que, por decisión judicial, han visto suspendida la emisión de películas o acontecimientos deportivos.

La nueva normativa de la CE entrará en vigor el 1 de enero de 1995, aunque para los contratos actualmente en marcha se prevé un plazo especial transitorio hasta enero de 1998.

El proyecto de directiva deberá ser aprobado por los ministros de los Doce, pero el texto ha sido sometido a consulta a los profesionales del sector.

La armonización legislativa diferenciará dos dominios diferentes: la emisión por satélite y la distribución por cable. La difusión por satélite "es, por naturaleza, transnacional, y las legislaciones nacionales están con frecuencia mal adaptadas a las nuevas realidades tecnológicas", argumenta la Comisión Europea. La inseguridad jurídica sobre el lugar o el momento en que debe aplicarse el derecho de autor ha perjudicado gravemente el desarrollo de este tipo de emisiones.

Armonización legislativa

El proyecto establece que la autorización sea otorgada por el país de origen de la difusión por satélite y la remuneración de los derechos de autor se hará según la audiencia real o potencial que tenga en uno o varios países. Para evitar la creación de "paraísos de la difusión", la CE prevé "un nivel común de protección para los autores, artistas, intérpretes, productores de discos y radiodifusores en toda la Comunidad".

La distribución por cable, a juicio de la Comisión, se adaptará a las normas en vigor actualmente en Bélgica, Holanda y Alemania. En estos países, la autorización de retransmisión por cable es negociada de forma centralizada por los organismos de gestión colectiva que representan a las diferentes titulares de derechos (autores, distribuidores por cable y compañías emisoras). En caso de desacuerdo está prevista la intervención de un mediador neutral, y el proyecto de la CE advierte que las partes no pueden negarse a negociar de una manera abusiva.

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