Quejas ciudadanas
EL INFORME que cada año por estas fechas eleva el Defensor del Pueblo a las Cortes Generales constituye un diagnóstico valioso sobre las dificultades reales que encuentran los españoles en su trato con las administraciones públicas, el grado de receptividad de éstas a sus quejas y, sobre todo, su predisposición a poner remedio efectivo a las causas que las provocan. El correspondiente a 1990 vuelve a destacar, como los anteriores, significativos casos de malos tratos y de detenciones ilegales de ciudadanos por parte de las fuerzas policiales -Cuerpo Nacional de Policía, Guardia Civil y Policía Municipal- y, lo que aún es más preocupante, del ámbito de las empresas privadas de vigilancia.La misión del Defensor del Pueblo, a diferencia de otras instituciones cuya Justificación es defender principios generales o valores abstractos sin duda esenciales para el funcionamiento del Estado, ha sido concebida para velar por el respeto de los derechos concretos de los ciudadanos. El número de quejas recibidas por este motivo en 1990 -29.396, es decir, un 40% más que el año anterior, en el cual se produjo a su vez un aumento del 50% respecto del precedente- parece indicar que la credibilidad de esta nueva institución democrática se ha consolidado entre los españoles. Pero el persistente crecimiento de tales quejas pone en cuestión la voluntad de las administraciones públicas para corregir sus defectos.
Ello lleva a plantear si la importante funciórt del Defensor del Pueblo es todo lo efectiva que debería ser, y si, además de su cada vez mayor fuerza moral, no debería disponer de algunos instrumentos legales que le dotasen de más poder del que actualmente tiene en sus relaciones con la Administración. El acto de presentación de sus informes anuales al Parlamento no debería, por ello, reducirse a un gesto más o menos protocolario. Al contrario, debería ser capaz de generar iniciativas tendentes a subsanar las deficiencias que hacen posibles las vulneraciones denunciadas.
El caso de los malos tratos en centros de detención es ilustrativo. Las quejas concretas que se fórmulan por este motivo se resuelven de manera satisfactoria. Pero ello no impide que se repitan e incluso que aurnenten año tras año si no hay forma de incidir en las conductas funcionariales o en los procedimientos administrativos que fomentan los hechos que las motivan: desinterés, obstruccionismo, falta de colaboración de los responsables policiales en su esclarecimiento, no adopción de medidas de suspensión cautelar contra los agentes denunciados y prácticas paralizantes de los expedientes internos cuando existen procesos Judiciales en curso. Lo mismo ocurre en el supuesto de los abusos -malos tratos, detenciones ilegales y prácticas racistas- cometidos con una cadencia preocupante por vigilantes jurados en servicios públicos, centros comerciales o locales de diversión. Los hechos que originan estas consecuencias seguirán produciéndose sí las recomendaciones del Defensor del Pueblo sobre la urgente necesidad de regular el área de la seguridad privada no encuentran eco y no logran materializarse en alguna iniciativa gubernamental o legislativa.
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