Las empresas afectadas por la perra del Golfo deben reclamar ante Asuntos Exteriores, según los expertos
Las empresas españolas que hayan visto perjudicados sus Intereses económicos por el conflicto entre Irak y Kuwalt deberían elaborar un dossier sobre dichos perjuicios y presentarlo al Ministerio de Asuntos Exteriores, según la opinión de catedráticos y especialistas en Derecho Internacional Público que debatieron ayer las consecuencias jurídicas de la guerra del Golfo.Según los expertos en derecho internacional, compañías francesas e inglesas están presentando sus reclamaciones desde el principio del conflicto a sus respectivas administraciones, en tanto qLie no se tienen noticias de que los españoles estén haciendo lo mismo.
Luis Ignacio Sánchez Rodríguez, catedrático de Derecho Internacional Público de la Universidad Complutense recomendó que las empresas que se hayan visto perjudicadas por el inicio de las hostilidades y que no tengan una presencia directa o sociedades Filiales en Irak o Kuwalt presenten sus demandas a lo. Administracíón, siguiendo la invitación de la Resolución 674 del Consejo de Seguridad de las; Naciones Unidas.
Con arreglo a dicha resolución, Irak es responsable "por las pérdidas, daños o perjuicios ocasionados a Kuwait o a terceros Estados, y a sus nacionales, sociedades, como resultado de la invasión y de la ocupación ¡legal de Kuwait por Irak". La Resolución 674 termina por invitar a "los Estados a que reúnan toda la información pertinente relativa a sus reclamaciones, y a las de sus nacionales y sociedades, con miras a la adopción eventual de medidas con arreglo al Derecho Internacional para el resarcimiento o indemnización por Irak".
Responsabilidad objetiva
Sánchez Rodríguez recordó también que la Administración española tiene una responsabilidad civil objetiva en el caso de no ejercer la protección diplomática o no ejercerla adecuadamente, tal como estableció el Tribunal Supremo, en una sentencia de 16 de noviembre de 1974, a la que siguieron otras dos de 1987. El Supremo estableció la responsabilidad de la Administración por "falta efectiva de protección diplomática que no logró la satisfacción por el detrimento principal sufrido por los demandantes". En consecueiicia, las empresas afectadas siempre podrán reclamar subsidiariamente a la Administración española los perjuicios sufridos, según los expertos.
En el debate, organizado por la revista jurídica La Ley, el antiguo secretario del Tribunal Internacional de Justicia, Santiago Torres Bernárdez y José María Espinar Vicente, catedrático de Derecho Internacional Privado, apuntaron que la. creación de un tribunal internacional arbitral podría atender las reclamaciones de un pool de acreedores contra Irak, aunque deberá tenerse en cuenta la "capacidad de pago" de este país después del conflicto.
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