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El 'dinero negro' tributará como una renta irregular en las complementarias

La reforma fiscal, al menos en teoría, se apoya en dos ideas: la primera es la reducción del peso tributario que soportan los que pagan religiosamente sus impuestos, la segunda es la ampliación de ese colectivo para que el ahorro de los primeros no suponga una merma de los ingresos del Estado. El problema es cómo se consigue alcanzar la máxima afloración de bases imponibles sin que aparezca el fantasma de la amnistía fiscal. Con ese doble objetivo, la regularización dará trato de renta irregular a los fondos que afloren desde el pasado.

El doble sistema de declaraciones complementarias y activo transitorio, que sustituirá a los pagarés del Tesoro y forales, pretende la máxima afloración del dinero negro pero a la vez evitar el calificativo de amnistía total o parcial. La filosofía general es que todos los contribuyentes tendrán, con la regularización, "su última oportunidad para dormir tranquilos", según la calificación del ministro de Economía v Hacienda, Carlos Solchaga. Ahora hay que buscar un buen sedante que, además de ayudar a conciliar el sueño, no esté condenado como un claro somnífero.La solución que se baraja en estos momentos para las declaraciones complementarlas es que el dinero negro sólo tribute al tipo marginal (o máximo) del contribuyente si se ha obtenido el último año, mientras que los fondos de los cuatro años anteriores tributarán al tipo medio, es decir, tendrán tratamiento de renta irregular. La regularización sólo afecta a la historia fiscal de los últimos cinco años de cada contribuyente porque las deudas con el fisco prescriben en ese plazo.Este sistema de tributación por el tipo medio en lugar del marginal acerca el tratamiento fiscal del dinero negro al de las plusvalías. En la nueva ley, las plusvalías tributan al tipo medio del contribuyente cuando proceden de la venta de bienes que se compraron sólo un año antes.

El tipo impositivo medio 110 será sólo el eje de las declaraciones complementarias. El tipo de interés del activo transitorio que sustituirá a los pagarés forales y del Tesoro también se calculará sobre un tipo impositivo medio, es decir, inferior al 56% y que se calculará sobre la base de las declaraciones complementarias presentadas hasta ahora.Pagos del pasado

Un segundo condicionante que el Ministerio de Economía y Hacienda quiere tener en cuenta a la hora de fijar el tipo de intereses que los inversores en pagarés del Tesoro ya han pagado algo, si no por el capital invertido (sea o no dinero negro.) sí por los intereses. Los pagarés han contribuido a la financiación barata del déficit público pues sólo ofrecen un 5,5% de rentabilidad, muy inferior a los intereses que pagan los activos transparentes (como las letras) que también emite el Tesoro,

Estos condicionantes llevarán a un tipo de interés muy bajo. Como coste adicional, el dinero invertido en este activo estará cautivo durante seis años.

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