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TRIBUNALES

Anulada una sentencia que discrimino, a un gitano por razones étnicas

El Tribunal Supremo ha revocado una sentencia que condenó a un adolescente gitano afectado de debilidad mental profunda en un 65% porque "al pertenecer a un grupo étnico marginal su capacidad intelectual social y práctica ha de considerarse algo superior". La nueva sentencia declara que las consideraciones de tipo étnico y social no pueden servir para establecer distinciones de la debilidad mental y son manifiestamente incompatibles con los principios constitucionales que vedan las discriminaciones por razones de raza.Estos razonamientos, según el Supremo, son "anómalos e improcedentes" porque neutralizan los efectos reductores de la imputabilidad mediante consideraciones de tipo étnico y social "absolutamente gratuitas e infundadas".

El joven fue detenido en el poblado "La Cruz del Cura", en Madrid, en una operación policial contra camellos que acudían a la chabola de sus padres para comprar droga.

La sentencia aplica la eximente incompleta de enajenación mental a Avelino F. M., de 16 años, por un delito de resistencia a la autoridad y anula la condena de dos años por delito contra la salud pública.

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