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El juez denegó la libertad condicional al empresario japonés condenado a cuatro penas de un año por delito fiscal

El juzgado de lo penal número dos de Madrid ordenó el ingreso en prisión del empresario japonés Makoto Tanaka tras denegar su petición de libertad condicional. Este empresario japonés fue condenado el pasado 28 de septiembre a cuatro penas de un año de prisión cada una y, a una multa de 240 millones de pesetas. Tanaka solicitó la remisión condicional de la pena pues alegó que carece de antecedentes penales y que las penas impuestas no superan el año de prisión.El auto acepta que no hay obstáculo legal para la solicitud de Makoto Tanaka pero concluye que "la remisión condicional de la condena debe ser denegada". La pena impuesta al empresario japonés es muy similar a la que el Tribunal Supremo está estudiando imponer a la cantante Lola Flores. También en este caso, las penas serán inferiores al año y un día, es decir, es posible evitar el ingreso en prisión, aunque este extremo debe decidirlo el juez.

La existencia de este precedente, que en hipótesis podría ser aplicable al caso de Lola Flores, no implica una identidad entre ambos supuestos, según manifestaron fuentes jurídicas solventes. En el caso del empresario japonés, la Fiscalía de Madrid se mostró favorable a su ingreso en prisión debido a que, en tanto súbdito extranjero, "era fácil que eludiera la acción de la justicia saliendo del país, debía a Hacienda más dinero que Lola Flores y hubiera resultado imposible conseguir su extradición por este tipo de delito".

Por el contrario, en la vista del juicio de instancia a Lola Flores, el fiscal que mantuvo la acusación, Luis Jordana de Pozas, afirmó que en el caso de sentencia condenatoria, la Fiscalía no se opondría a la remisión condicional de las penas. Además de la postura de la Fiscalía favorable a que la cantante no ingrese en prisión, las mismas fuentes señalaron que la condena condicional cabe aplicarla si ninguna de las penas, por separado, excede del año, como sucede en este caso. Además, la ejecución de sentencia corresponde al tribunal de instancia, que fue precisamente el que la absolvió, y que es el que debe decidir si ingresa o no en prisión. Los dictámenes de las partes (fiscal, defensor y abogado del Estado) no son vinculantes para el tribunal y contra su resolución no cabe recurso alguno.

Los motivos que aduce el magistrado que ha dictado el auto sobre Tanaka para ordenar su ingreso en prisión son que que se trata de "un delito de naturaleza económica", que "su protagonista no proviene de un ambiente de marginación social y, por lo tanto, "no se trata de reinsertarle en un mundo que nunca abandonó" sino de "reprimir una conducta socialmente dañina".

El juez calificó además la conducta de Tanaka de "contumaz y persistente", en lugar de "esporádica o aislada" pues "se extiende a lo largo de cuatro años y sólo se le puso fin por la acción inspectora del Estado". La orden de ingreso en prisión está respaldada por "la transgresión del elemental deber de reparto de la carga tributaria" en el que incurrió Tanaka con su ocultación de rentas al fisco.

Tanaka dejó de ingresar en Hacienda unos 150 millones de pesetas y es el segundo ciudadano que ingresa en prisión por delito fiscal.

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