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El Estado reclama la condena de Lola Flores en la vista del recurso de casación

El ministerio fiscal y el abogado del Estado reclamaron ayer una sentencia condenatoria para Lola Flores, en el recurso de casación celebrado ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo contra la sentencia que absolvió a la artista de un presunto delito fiscal. La vista del recurso, a la que no asistió Lola Flores, se redujo a un enfrentamiento dialéctico entre las concepciones del abogado del Estado y el defensor de Lola Flores.El abogado del Estado, Luis Gallo de Orenzana, no se limitó a las formalidades de la casación y, vertió un extenso alegato sobre las "consecuencias" que, en su opinión podrían derivarse de la "desafortunada" sentencia absolutoria de la artista, que "sienta un precedente gravísimo".

Gallo significó que Lola Flores tuvo unos ingresos brutos de más de 172 millones de pesetas entre 1982 y 1985 por sus "actividades folclóricas", cantidad que ningún ilustre catedrático, científico o profesional ha obtenido no sólo en ese tiempo, sino durante todo su ejercicio". Gallo describió la existencia de un "clamor popular" contra el fraude fiscal, citó el documento de la Conferencia Episcopal y aseguró que la sentencia absolutoria otorgaba a Lola Flores "una patente de corso para delinquir".

Lola Flores opta por no hacer declaración alguna, repercutiendo el coste sobre el resto de la sociedad. Que paguen los demás espanoles, que yo, la Lola de España, no voy a pagar", parafraseó el abogado del Estado.

Lejos de amilanarse por el estilo grandilocuente de Gallo de Orenzaria, Stampa calificó de "'demagógicas" todas las afirmaciones de Gallo, y consiguió que el representarte del Estado diera muestras de nerviosismo al asegurar que en su alegato "sólo pretendía la deformación de la opinión pública".

"La absolución no supone inmunidad económica para esta señora" explicó Stampa. "No se puede decir en serio que si se la absuelve no tendrá que pagar nada. La absolución supone que el asunto saldrá de la esfera penal y volverá al ámbito de la Administración financiera, donde seguro que lo pasará mucho peor". El abogado postuló que la Administración debería "indagar en los ríos de oro que se mueven en primas únicas y cesiones de créditos" en vez de "aterrorizar al contribuyente con casos ejemplificadores" como el de su defendida.

Stampa insistió en que la sentencia del Tribunal Constitucional que obligó a modificar el IRPF creó un "vacío normativo" en la aplicación de normas penales", por lo que su defendida no puede ser condenada en el ámbito penal.

Amnistía fiscal

El representante del Ministerio Fiscal emitió un informe de trámite en el que se remitió constantemente al recurso que obra en poder de la Sala Segunda. El Fiscal entiende que la cuota defraudada por Lola Flores puede ser de 44 millones de pesetas.Al margen de las posiciones de las partes, fuentes jurídicas indicaron que el mantenimiento de la sentencia podría entrañar una especie de amnistía fiscal. Expertos fiscales han señalado que, en ese caso, serían susceptibles de ser condenados por delito fiscal los solteros, viudos, separados y divorciados sin hijos o con hijos emancipados. Al contrario, no podrían serlo los casados, y los solteros, viudos, separados y divorciados con hijos a su cargo.

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