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TRIBUNALES

El Constitucional obliga a un tribunal a que no discrimine a un viudo por su sexo

El Tribunal Constitucional ha consolidado su doctrina en favor de la equiparación de sexos, mediante una sentencia de su sala primera que anula un fallo dictado en 1987 por el Tribunal Central de Trabajo, que negó la pensión de viudedad a Francisco Orri Reixach, viudo de una trabajadora beneficiaria del Seguro Obrero de Vejez e Invalidez, al entender que tal pensión se reservaba a las viudas. El alto tribunal reconoce el derecho del recurrente "a no ser discriminado por razón de sexo" y ordena que el tribunal sentenciador resuelva sin incurrir en discriminación.La sentencia, de 18 de octubre último y de la que ha sido ponente Carlos de la Vega, razona que la igualdad de sexos del artículo 14 de la Constitución es "apreciable a partir de la vigencia de nuestra Constitución", por lo que el Tribunal Central de Trabajo "debió de pronunciarse en términos distintos a como lo hizo".

Aunque el hecho causante de la pensión se produjo en 1959, "no se trataría de dar efectos retroactivos al texto constitucional", explica, "sino de aplicar sus postulados desde su entrada en vigor, desterrando las situaciones discriminatorias que tras esa fecha se mantuvieran".

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