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El nuevo IRPF pretende evitar la creación de sociedades para no pagar impuestos

Los nuevos impuestos sobre la renta y el patrimonio amplían considerablemente y de forma coordinada las exigencias para ser calificado un no residente y tributar como tal. Ambos impuestos, además, intentan eliminar la práctica de eludir el pago del IRPF a través de la creación de sociedades familiares o profesionales. Estos dos grupos de medidas tienen como objetivo integrar en el IRPF un buen número de rentas altas que hasta ahora o se acogían al impuesto sobre sociedades (con un tipo impositivo del 35%) o, simplemente, no pagaban.

Los requisitos para tributar como un no residente en España serán mucho más exigentes a partir de 1991. Habrá que demostrar que se ha pasado la mitad del año (183 días) en otro país y, además, serán necesario que el cónyuge y los hijos que dependan del contribuyente tampoco residan en España. Como colofón, para que Hacienda le considere un no residente, no podrá radicar en España el núcleo principal de sus actividades empresariales o profesionales, o de sus intereses económicos. La principal ventaja de alcanzar la condición de no residente es que sólo están sujetas las rentas obtenidas en España y a un tipo impositivo general del 25%.

Alcanzar la condición de no residente, además, no garantizará, tras la reforma, una fácil elusión fiscal. Los borradores del IRPF y del impuesto sobre el patrimonio exigen que todos los no residentes nombren un representante en España que estará obligado a responder ante Hacienda si su representado elude el pago de impuestos.

Las características y obligaciones de ese representante legal estarán recogidas en una nueva redacción del artículo 10 del impuesto sobre sociedades, que la reforma fiscal incluye para cerrar el círculo sobre estos contribuyentes.

Paraísos fiscales

El nuevo artículo obliga además a quienes vendan cualquier inmueble a un no residente sin representante ante Hacienda a que le retenga el 10% del precio acordado y lo ingrese en Hacienda a cuenta del pago de los distintos impuestos que conlleva la transmisión. Si el vendedor no cumple este requisito la transmisión quedará sin efecto y no podrá inscribírse en el registro. Esta retención del 10% es la medida anunciada para evitar la evasión fiscal por la compra de inmuebles desde paraísos fiscales, que se ha generalizado en la costa malagueña con operaciones realizadas desde Gibraltar.El intento de coordinación entre los dos impuestos que modifica la reforma también se plasma en el sistema de imputación de rentas a los dueños de una serie de empresas creadas para trasladar la tributación desde el IRPF hacia sociedades. El borrador del IRPF contempla tres tipos de sociedades con estas caracteristicas: las empresas familiares dedicadas a la mera tenencia de bienes o de valores, las sociedades constituidas para el ejercicio de una actividad profesional y en la que todos los socios son profesionales vinculados a esa actividad, y las sociedades en las que más del 50% de los ingresos proceden de actividades artísticas o deportivas. En estos tres casos, los resultados de la sociedad, aun cuando no se hayan distribuido, se imputarán a los socios y, por tanto, tributarán en el impuesto sobre la renta.

La imputación de los beneficios no distribuidos de este tipo de sociedades es uno de los dos sistemas propuestos en el borrador del impuesto sobre el patrimonio para evitar que algunos contribuyentes con grandes fortunas no paguen impuestos gracias a la aplicación del límite máximo del 70%. Este tope garantiza que nadie pagará entre el IRPF y el patrimonio más allá del 70% de su base imponible en el impuesto. sobre la renta. La creación de sociedades familiares que no cotizan en bolsa y no distribuyen beneficios ha sido una vía de elusión fiscal ya que permitía compatibilizar rentas my bajas con grandes patrimonios. La imputación de rentas en el IRPF y en el impuesto sobre el patrimonio intentará evitar esta vía de escape para las grandes fortunas.

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