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La investigación de cuentas bancarias no vulnera la intimidad, según el Supremo

La investigación de las cuentas bancarias del abogado José María Stampa Braun no atenta contra el honor, la imagen ni la intimidad del abogado, según dicta la sentencia del Tribunal Supremo.

En esta misma sentencia, el Supremo añade que la averiguación hecha sobre algunas cuentas no viola el secreto profesional, aunque en ellas se contuviera alguna información referida a los pagos de sus clientes, considerada confidencial por el abogado Stampa.

Recurso desestimado

Se desestima así el recurso presentado por Stampa contra la sentencia dictada por la Audiencia Territorial, en la que se permitía a Hacienda pedir información a la Caja de Ahorros con el objeto de conocer los movimientos de las cuentas corrientes y a plazo abiertas por el abogado.Jose María Stampa, defensor en el contencioso de la artista Lola Flores con Hacienda, considera que la sentencia de la Audiencia Territorial es contraria a los artículos de la Constitución 18.1 y 24.2, que se refieren al derecho al honor, la intimidad y la imagen y al secreto profesional.

El Supremo estima que "Ias certificaciones de movimiento de las cuentas no viola, en sí, el secreto profesional, puesto que en ellas sólo aparece la causa genérica de cada operación y no el contenido concreto de la relación subyacente". La sentencia considera que si el Ministerio de Hacienda no tuviera acceso a esta información se facilitaría el fraude fiscal de los abogados al poder camuflar sus ingresos y su patrimonio al amparo de sus relaciones profesionales con los clientes.

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