Los hematomas de una mujer no prueban su violación, según una sentencia
En una sentencia dictada por la Audiencia de Murcia se dice que aunque la víctima fuera penetrada y presentara hematomas, no opuso resistencia eficaz, por lo que no existió delito de violación. El acusado fue absuelto al haber sido identificado sólo por la víctima.Los hematomas, apreciados por el forense, dice la sentencia que son resultado propio del ajetreo de un acceso carnal, aun cuando no sea violento. Uno de los magistrados, en voto particular, considera, sin embargo, que se trata de un caso de violencia "pura y dura".
La Sala segunda de la Audiencia Provincial de Murcia considera, como hechos probados, que un hombre se presentó en el domicilio de la víctima en la tarde del día 30 de agosto de 1986. Después de preguntar por su marido, ausente en aquel momento, le propuso mantener relaciones sexuales. Pese a los ruegos de la mujer para que saliera de su casa, este invididuo se abalanzó sobre ella, yació y eyaculó en "un acto que duró dos o tres minutos, arrojando el líquido seminal al suelo y camisón, como así lo había prometido el agresor al explicarle la víctima que tenía un niño de dos meses y otra de cuatro años, no ofreciendo gran resistencia por temor a que el agresor asustara a sus hijos".
La sentencia considera que no aparece acreditado que existiera un delito de violación con los requisitos exigidos, pues "ni con el relato de los hechos ante la Guardia Civil ni ante el juez de instrucción se puede desprender con certeza que concurriera fuerza (...)" El fiscal, que había solicitado una pena de 14 años, recurrirá la sentencia.
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