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Cartas al director

Limitaciones de velocidad

Ante la información que publicó ayer sobre la entrada en vigor de la nueva ley de Seguridad Vial, quisiera hacer una puntualización con el fin de no inducir a los conductores a situaciones equívocas sobre los límites genéricos de velocidad.Dicha ley establece que la velocidad máxima autorizada para la circulación se fijará en uno de los posteriores reglamentos que desarrollarán la citada ley. Por ello y, en tanto no se aprueben dichos desarrollos reglamentarios, quedan en vigor las limitaciones de velocidad establecidas en el artículo 20 del Código de la Circulación., jefe del gabinete de prensa del Ministerio del Interior. .

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