El Tribunal Supremo anula el decreto sobre prestación social de los objetores
El Tribunal Supremo ha anulado, mediante una sentencia, el real decreto que regula la prestación social de los objetores de conciencia, sustitutoria del servicio militar. Un portavoz del Ministerio de Justicia señaló ayer que su departamento elabora actualmente una nueva normativa al respecto.
La sentencia del Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso presentado por la Asociación de Objetores de Conciencia de Barcelona y anula el acuerdo adoptado por el Consejo de Ministros el 20 de mayo de 1988, que desestimó un recurso de reposición presentado por la citada asociación.El tribunal indica en la sentencia que en la elaboración del citado real decreto no se facilitó la participación o audiencia de los ciudadanos o asociaciones, como consagra el artículo 105 de la Constitución y el 130 de la Ley de Procedimiento Adrainistrativo. "El derecho a participar", señala la sentencia, "nace con la Constitución y es de aplicación directa". "La omisión del referido trámite debe calificarse de vicie) esencial que genera la correspondiente nulidad e invalidez de la disposición", añade el tribunal.
La sentencia del tribunal destaca que "no hay constancia en el expediente administrativo de actuación alguna de la Administración que revele su voluntad de dar publicación al proceso de elaboración del reglaniento que estaba confeccionando para facilitar así la participación ciudadana".El tribunal, por contra, desestima la alegación presentada por la citada asociación en el sentido de que el real decreto, dictado el 15 de enero de 1988, se publicó casi 34 meses más tarde de lo dispuesto en la ley del 26 de diciembre de 1984, que regula la objección de conciencia. La disposición final de esa ley determinaba que su desarrollo., mediante decreto, debía registrarse en los tres meses siguientes a su entrada en vigor, plazo que concluyó el 18 de abril de 1985.
El tribunal reconoce en su sentencia que hubo un evidente retraso, pero acepta el alegato del abogado del Estado que achaca dicha dilación a la espera de conocer una sentencia del Tribunal Constitucional.El Ministerio de Justicia elabora actualmente un nuevo decreto para la prestación social que sustituye el servicio militar para los objetores.
En la elaboración de esta nueva normativa se tendrá en cuenta la sentencia que ha dictado el Tribunal Supremo y en concreto el derecho de los ciudadanos y asociaciones al preceptivo trámite de ser oidos, según señaló anoche un portavoz del Ministerio de Justicia.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.