Las dos propuestas nacionalistas
Las formaciones nacionalistas vascas han elaborado dos propuestas sobre autodeterminación, una del Partido Nacionalista Vasco (PNV) y Euskadiko Ezkerra (EE) y la segunda de Eusko Alkartasuna (EA).La primera de ellas propone el siguiente texto:
"El Parlamento vasco proclama
1. Que el pueblo vasco tiene derecho a la autodeterminación. Este derecho reside en la potestad de sus ciudadanos para decidir libre y democráticamente su situación política, económica, social y cultural, bien dotándose de un marco político propio o compartiendo, en todo o en parte, su soberanía con otros pueblos.
2. Que el ejercicio de derecho a la autodeterminación es un proceso dinámico, gradual y democrático, integrado por el conjunto de decisiones, incluidas en su caso las de carácter plebiscitario, que el pueblo vasco vaya adoptando a lo largo de su historia, atendiendo a los condicionamientos internos o externos de la coyuntura histórica, sus posibilidades reales y el interés de los vascos.
3. Que el estatuto de autonomía y la profundización de su desarrollo constituyen, aquí y ahora, la única vía de plasmación del ejercicio de la voluntad popular. Significa también el marco libre y mayoritariamente aprobado por los ciudadanos vascos para resolver sus problemas y avanzar en la construcción de su futuro como pueblo.
4. Que siendo el pueblo vasco el titular de este derecho a la libre auto determinación, es el Parlamento vasco, como institución democrática legítima, el depositario del mismo.
En este sentido, el Parlamento vasco, como institución representativa de este pueblo, está legitimado para promover y decidir las iniciativas que tuviesen por objeto hacer posible la consecución de las aspiraciones de los ciudadanos vascos, planteando en su caso las reformas de todo tipo que considerase oportunas, de conformidad con los procedimientos establecidos al efecto".
Autonomía no es renuncia
Por su parte, la proposición no de ley elaborada por Eusko Alkartasuna, el partido que lidera Carlos Garaikoetxea, dice:1. "El estatuto de autonomía supuso la única opción posible y democrática para el autogobierno del pueblo vasco de Euskadi sur en las condiciones políticas y sociales de la transición democrática, en la medida en que contemplaba, además la incorporación de Navarra
En cualquier caso el estatuto y la estrategia estatutaria han supuesto una vía válida para la construcción del país. En la profundización, en el autogobierno estatutario, incluida la previsión de incorporación de Navarra y en el pleno y leal desarrollo del estatuto pueden encontrar los ciudadanos vascos una vía inicial para la construcción nacional de Euskadi".
2. La aceptación del régimen de autonomía no implica la renuncia del derecho de libre determinación. En tal sentido afirmamos que:
2.1. Euskadi o Euskal Herria es una nación asentada en los territoríos históricos de Áraba, Vizcaya, GuÍpuzcoa, Nafarroa, Iparralde, Lapurdi y Zuberoa, a la que debe reconocerse el derecho a la unidad política territorial".
2.2. El pueblo vasco tiene derecho a la autodeterminación y los ciudadanos han de poderlo ejercitar soberanamente sin ninguna limitación externa.
2.3. La percepción social y la tradición jurídica y política en torno al derecho de libre determinación implica la posibilidad de optar libremente entre diversas formas de organización política incluida en forma inequívoca la posibilidad de optar por la creación de un Estado.
2.4. A tales efectos han de abrirse negociaciones en particular con el Estado español en la forma en que la prudencia y la oportunidad política lo aconsejen, a afectos del reconocimiento del derecho de libre determinación y su incorporación al marco legal.
3. El derecho al autogobierno y el derecho de libre determinación son expresión del anhelo común de defensa de la libertad y del sistema democrático. Afirmamos que la acción política para la profundización en el autogobierno y el reconocimiento del derecho de libre determinación han de basarse exclusivamente en métodos pacíficos y democráticos y rechazamos cualquier estrategia violenta para el logro de dichos objetivos".
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