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La Comunidad aprueba una directiva para proteger al turista

La Comunidad Europea, en el último Consejo de Ministros del año, aprobó la directiva sobre viajes turísticos todo comprendido. El objetivo es establecer condiciones iguales en todos los países de la CE para este tipo de servicio y ofrecer al consumidor garantías contra los abusos o incumplimientos de lo pactado por parte de los operadores. La repatriación del turista estará asegurada incluso en caso de quiebra de la agencia. La nueva norma, que entrará en vigor en 1993, es consecuencia del descontento de los turistas, "que es suficiente para justificar una acción de la CE", según el texto.

Los viajes a precio cerrado y todo comprendido (transporte, alojamiento y otros servicios) se han convertido en el instrumento esencial del turismo de masas. Generalmente desembolsados de antemano, proporcionan grandes sumas a los operadores turísticos internacionales. La prestación de servicios se realiza con frecuencia en países diferentes a los de origen, lo cual genera choques entre legislaciones nacionales muy diferentes.

Los debates sobre la directiva han dado lugar a un enfrentamiento entre las posiciones de los países de las grandes agencias (Reino Unido y la República Federal de Alemania, principalmente) y los grandes receptores de turismo (España, Italia y Grecia), partidarios de una reglamentación más dura.

La nueva directiva aprobada el pasado 22 de diciembre, en el último Consejo de Ministros de la CE bajo presidencia francesa, aparte del "objetivo esencial de la creación del mercado único en el sector turístico", aportará una cobertura mínima para los derechos del turista. Éste tendrá derecho a una información "exacta y clara" de todas las condiciones del viaje, incluidos detalles de calidad de servicios e itinerarios, y estará protegido contra subidas injustificadas de precio. Podrá también rescindir el viaje antes de su inicio o ceder su reserva a otra persona.

El operador turístico o la agencia detallista que vendan este paquete de servicios estarán obligados a definir de antemano las compensaciones en caso de anulación de] viaje o incumplimiento de "una parte importante" de las condiciones del mismo. Las prestaciones estarán cubiertas por un seguro, mientras que cada Estado de la CE velará porque exista en su territorio "un fondo de garantía para hacer frente a las indemnizaciones" a que el consumidor tenga derecho y no haya recibido. Incluso en el caso de quiebra o insolvencia, el organizador del viaje debe tener garantizados los fondos que aseguren la repatriación del turista.

Condiciones

La lista de condiciones a incluir en los contratos es muy detallada y abarca desde la descripción de itinerarios con fecha, hora y lugar de salida, hasta las calidades de medios de transporte y lugares de alojamiento. También figurarán las visitas, excursiones y otros servicios incluidos en el precio total. El turista estará informado de antemano del coste de tasas no comprendidas en el paquete, como las de aterrizaje o embarque y desembarque en puertos o aeropuertos.

Cuando el viaje organizado se anule o modifique, el consumidor tendrá derecho a otro de calidad equivalente o superior y, en su defecto, al reembolso en el plazo más breve de la diferencia o del total del precio. En cada etapa del itinerario, el turista deberá poder contactar con un representante del organizador.

Todos los Estados de la CE se comprometen a adaptar su legislación antes de 1993. La nueva norma será un mínimo, puesto que cada país "puede adoptar o mantener en este dominio disposiciones más estrictas para proteger al consumidor".

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