Condenado el periodista Amilibia a 17 años de cárcel y 20 millones de indemnización
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado al periodista Jesús María Amilibia a 17 años de cárcel por dar muerte al camarero José María Fernández Villanueva, quien falleció 28 días después de la riña por motivos de tráfico en la que ambos participaron. La sala condena a Amilibia a 15 años de cárcel y a pagar 20 millones de pesetas de indemnización a los familiares de la víctima por un delito de homicidio consumado, con la agravante de superioridad, y a dos años de prisión por tenencia ilícita de armas. Amilibia recurrirá al Tribunal Supremo.
La sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid, de la que ha sido ponente la magistrada Purificación Martínez y Montero de Espinosa, declara probado que el procesado disparó contra su víctima "con el deseo de matar" y que la muerte de Fernández Villanueva se debió al disparo que le efectuó el periodista y no a una mala atención médica, como mantuvo Marcos García Montes, abogado de Amilibia, durante el juicio. El tribunal tampoco acepta, la tesis de la acusación particular, representada por la letrada Cristina Almeida, quien calificó los hechos como asesinato, a pesar de lo cual ayer mostró su satisfacción con la sentencia "dentro de todas las desgracias", dijo.El tribunal no acepta la versión de Amilibia y su compañera, la también periodista Ketty Kauffmann, sobre que el fallecido intentó estrangular a esta última y que la conducta del procesado se encontraba amparada por la legítima defensa. La sala considera probado que la compañera de Amilibia llamó "chulo de putas" a Fernández Villanueva, quien trato de taparle la boca. Asimismo, estima que la "ira o cólera" de Amilibia estuvo provocada, precisamente, por la propia intervención del condenado, cuando intervino, de forma agresiva, en una discusión trivial por motivos de tráfico que debió darse por zanjada.
Conducta desproporcionada
La aplicación de la agravante de abuso de superioridad es razonada por la sala como derivada del hecho de que el arma empleada, un revólver calibre 38 especial con cinco cartuchos en el tambor, supone "un modo de ejecución totalmente desproporcionado entre las posibilidades que poseían el agresor y ofendido, sin que éste tuviera a su alcance ningún medio con el que contrarrestar aquel". La sentencia añade que Amilibia se prevalió de esta circunstancia, ya que sabía que su víctima estaba desarmada.El informe médico legal sobre la muerte de Fernández Villanueva, aportado por el abogado de la defensa, señala que los órganos lesionados por el disparo de Amilibia "no eran vitales, por lo cual lo normal era que se hubiera salvado". Asimismo, afirma que en el procesado se produjo "una perturbación mental desencadenada por una causa inmediata y evidenciable ( ... ), que puede diagnosticarse como un trastorno explosivo aislado".
Frente a, esta tesis, el tribunal analiza las conductas de los protagonistas del incidente y destaca que no medió palabra alguna entre autor y víctima cuando el procesado efectuó el disparo, que el arma utilizada era idónea para matar y que los disparos realizados a 35 centímetros de distancia se dirigieron a zonas del cuerpo como tórax y abdomen, que contienen órganos vitales y que una vez que disparó dijo a su compañera que conducía el vehículo "vámonos", en "inequívoca actitud de huida", dice la sala, "y percatado de la gravedad de lo realizado".
En el juicio, el fiscal solicitó para el periodista 20 años de cárcel, la acusación particular 27 años y la defensa seis meses por imprudencia temeraria y otros seis por tenencia ilícita de armas.
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