_
_
_
_

Hacienda y los ayuntamientos acuerdan proponer al Gobierno modificaciones en la ley de Haciendas Locales

La ley Reguladora de las Haciendas Locales, que entrará en vigor el 1 de enero del próximo año, será modificada por el nuevo Gobierno si éste acepta la propuesta realizada por la Comisión Nacional de Administración Local. Las reformas afectan al nuevo impuesto sobre bienes inmuebles, y consisten en elevar límites exentos, dar tres meses más a los ayuntamientos para fijar los tipos impositivos y aprobar las ordenanzas, y dar dos meses de plazo para comunicar si se traslada la gestión de este impuesto a la Administración central.

La propuesta fue acordada ayer en una reunión de la Comisión Nacional de Administración Local, formada por representantes de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), el secretario de Estado de Hacienda, José Borrell y el secretario de Estado para las Administraciones Territoriales, Francisco Peña.En caso de ser aceptadas por el nuevo Gobierno, las modificaciones a la Ley Reguladora de las Haciendas Locales se incluirían en el decreto ley de prórroga de los Presupuestos del Estado, ya que la nueva ley entra en vigor el 1 de enero de 1990.

Las reformas propuestas se centran en el nuevo impuesto sobre bienes inmuebles que es uno de los de mayor calado dentro de toda la reforma de la imposición municipal. Es también uno de los que de manera obligatoria tendrán que implantar los ayuntamientos en sustitución del anterior impuesto sobre contribución rústica y pecuaria, la contribución urbana y el impuesto sobre solares.

La propuesta se centra en los municipios en los que entren en vigor el próximo año revisiones o modificaciones de los valores catastrales (valoración oficial de las propiedades rústicas y urbanas), a quienes se les da un mayor plazo y mayor margen para reducir los tipos impositivos.

Rebaja de tipos

En cuanto a los tipos impositivos (el 0,4% para los bienes de naturaleza urbana y el 0,3% para los rústicos), los ayuntamientos podrán rebajar los tipos del impuesto sobre bienes inmuebles hasta la cuarta parte (en la ley el margen era de la mitad). Ello sólamente afectará a los municipios en los que se hayan llevado a cabo revisiones en los valores catastrales.

La razón es que durante este año se ha realizado una revisión de los valores catastrales en 2.500 municipios lo que ha supuesto incrementos de valor de hasta el 200%. Se ha decidido por ello ampliar las posibilidades de rebaja que tienen los ayuntamientos para que la fiscalidad sobre propiedades inmuebles no se dispare.

Se propone asimismo ampliar en tres meses el margen de tiempo que tienen los ayuntamientos para la aprobación de las ordenanzas muncipales de este impuesto, pero sólamente si deciden rebajar el tipo general y donde se hayan llevado a cabo revisiones en los catastros.

Según la ley, los ayuntamientos debían tener aprobada y publicada la ordenanza antes el 1 de enero del año próximo. Ayer se acordó proponer al Gobierno que los ayuntamientos que reduzcan los tipos de gravamen generales del impuesto sobre bienes inmuebles, puedan hacer públicas las ordenanzas hasta el 1 de abril de 1990.

También se ha decidido elevar desde 100.000 pesetas (previsto en la nueva ley) a 200.000 el límite exento a partir del cual es obligatorio el pago del impuesto sobre bienes de naturaleza rústica. La razón es que así se tendrán que expedir menos recibos ya que habrá un menor número de sujetos pasivos obligados al pago de este impuesto.

Por último, los municipios que se atengan a estas condiciones, tienen dos meses de plazo para comunicar a la Administración si traspasan o no la gestión del impuesto sobre bienes inmuebles a la administración tributaria central.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_