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Los jueces cuestionan de nuevo ante el Constitucional la expropiación de Rumasa

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Madrid ha decidido por mayoría de dos magistrados y con el voto adverso del tercero cuestionar ante el Constitucional la ley por la que se expropió Rumasa. La cuestión de inconstitucionalidad no entró ayer en el alto tribunal, según aseguraron anoche a este periódico fuentes del mismo. Si la cuestión fuera admitida a trámite, el Constitucional se pronunciaría por primera vez sobre el fondo de la expropiación, en concreto la supuesta violación del derecho de propiedad.

Entre los numerosos pleitos planteados por José María Ruiz-Mateos contra la expropiación de Rumasa, un juicio interdictal [para recuperar la posesión] planteado ante el Juzgado de Primera Instancia número 18 de Madrid, dio origen a que el Constitucional se pronunciara sobre los artículos 1 y 2 de la ley 7/1983 sobre expropiación de Rumasa. Tales preceptos fueron cuestionados ante el alto tribunal por el titular del juzgado, José María Gil Sáez, por posible infracción del derecho a la tutela judicial efectiva reconocida en el artículo 24 de la Constitución.Una vez desestimada la cuestión por el pleno del Tribunal Constitucional, por mayoría de 10 magistrados y con el voto particular de Francisco Rubio Llorente, al que se adhirió Antonio Truyol, el juez Giñl Gil Sáez sentenció en contra de las pretensiones de Ruiz-Mateos.

Apelada la sentencia, correspondió tramitar el recurso a la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Madrid, a la que Ramón Pelayo, abogado de Ruiz-Mateos, volvió a pedir que cuestionara la constitucionalidad de la ley expropiadora. Tras consultar a las partes, la sección ha decidido cuestionar, como en la anterior ocasión, los artículos 1 y 2 de la ley 7/1983, por los que se establece el objetivo de "garantizar la estabilidad del sistema financiero" mediante la adquisición por la Administración del Estado del "pleno dominio de las sociedades expropiadas".

La diferencia entre la cuestión planteada por el juez Gil Sáez y la acordada ahora es que en la primera ocasión se estimó que podía resultar vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva, mientras que ahora la posible violación afectaría al artículo 14 [igualdad ante la ley] y al 33 [derecho de propiedad] de la Constitución. El acuerdo fue adoptado por mayoría de dos magistrados presidenta de la Sección, Ángela Murillo, y el magistrado Julio Carlos Salazar, mientras que formuló un voto particular discrepante el tercer magistrado, Bernardo del Rosal.

Una vez que entre en el Constitucional la cuestión, se abrirá el trámite sobre su admisibilidad. Fuentes jurídicas señalaron que es poco probable que el alto tribunal dé vía libre a la nueva cuestión, habida cuenta que el 19 de diciembre ya se pronunció sobre la planteada por un juez a propósito de los mismos preceptos.

El hecho de que los artículos invocados sean diferentes fue considerado irrelevante por las mencionadas fuentes, que recordaron que el juez ya tuvo ocasión en su momento de invocar los preceptos que consideró convenientes y que se trata de cosa juzgada.

Si por el contrario, de acuerdo con las pretensiones del abogado Pelayo, la cuestión fuera admitida a trámite, el alto tribunal tendría que pronunciarse por primera vez sobre el fondo de la expropiación.

La primera sentencia del alto tribunal, de 3 de diciembre de 1983, decidió que el decreto-ley sobre la expropiación de Rumasa no era inconstitucional, y en la segunda ocasión, el 19 de diciembre de 1986, desestimó la cuestión de inconstitucionalidad contra dos artículos de la ley 3/1983 que ahora vuelven a ser cuestionados.

[Por otra parte, Ruiz-Mateos señaló ayer a Efe: "Me parece un espejismo lo que estoy oyendo". El industrial jerezano manifestó que siempre estuvo convencido del "brutal atropello", y añadió que duda mucho que el alto tribunal actúe con "imparcialidad, objetividad y espíritu de justicia".]

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