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El Gobierno admite que casi la mitad de los créditos que da para ayuda al desarrollo no se dedican a ese fin

Miguel González

Sólo una pequeña parte de los créditos concedidos por el Gobierno con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD) tienen como objetivo el desarrollo de los países receptores. Así se desprende del Plan Anual de Cooperación Internacional (PACI) para 1989, elaborado por la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional, que en el apartado correspondiente al FAD sólo contabiliza 15.000 millones como dinero que finalmente se destina al desarrollo. Según datos oficiales, en los primeros seis meses de este año el Gobierno ha concedido más de 40.000 millones en préstamos FAD.

El Gobierno español tiene previsto dedicar este año a la Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD) un total de 64.760 millones de pesetas; lo que, según estimaciones de la Secretaría de Estado de Cooperación, supone un 0,15% del producto interior bruto (PIB). Sin embargo, no hay ningún organismo imparcial que fiscalice si, efectiva mente, España destina este dinero a ayudar al desarrollo de los países más necesitados o si, por el contrario, incluye dentro de dicha cantidad partidas que no pueden considerarse como orientadas a dicho fin.Cada año, la Administración española comunica al Comité de Ayuda al Desarrollo (CAD) de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) la cuantía de los fondos que destina al Tercer Mundo. El CAD se limita a acusar recibo de estos datos y no controla si responden a la realidad, porque España no forma parte de dicho comité.

Países más industrializados

Hace unos meses, España manifestó su intención de ingresar en el CAD, lo que implica la fiscalización externa de los gastos de ayuda al desarrollo, pero condicionó este ingreso a la entrada de España en el G-10, el club que agrupa a las naciones más industrializadas del mundo. Después de que el G-10 diera una respuesta negativa a la pretensión española de integrarse en su seno, el Gobierno pospuso, a su vez, la entrada en el CAD hasta, según los cálculos actuales del Ministerio de Asuntos Exteriores, no antes de 1992.El ingreso de España en el CAD, junto con los principales países donantes de fondos, la obligará a una profunda revisión de sus gastos de ayuda al desarrollo. De un lado, deberá aumentar sustancialmente los fondos que destina a este fin, ya que la media de los países del CAD es del 0,36 del Producto Interior Bruto (PIB), más del doble de la española. De otro lado, ha de efectuar también una minuciosa depuración de las partidas que incluye en este apartado, para evitarse la sorpresz de que la primera fiscalización internacional sobre la materia rebaje drásticamente las cifras oficiales y aumente la distancia que separa a España de otras naciones con un nivel de desarrollo similar.

El hecho de que el Plan Anual de Cooperación Internacional (PACI) contabilice como ayuda al desarrollo nada más que una parte de los créditos concedidos con cargo al FAD supone, según fuentes de la Secretaría de Estado de Cooperación, un primer intento de ir ajustando las cifras oficiales a la realidad. Se trata de aprovechar los años que restan hasta 1992 para adaptarse a los criterios que maneja el CAD.

En todo caso, el documento advierte que la decisión de computar como ayuda oficial al desarrollo sólo 15.000 millones del FAD se ha hecho a partir de unas estimaciones apriorísticas que podrían verse corregidas por la realidad. También la afirmación de que España dedica este año el 0,15% de su PIB a cooperar con el desarrollo del Tercer Mundo es un mero pronóstico que no podrá confirmarse hasta que concluya el actual ejercicio.

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El desfase existente entre el volumen total del FAD y la parte del mismo que se computa como ayuda,al desarrollo se debe a la laxitud de la normativa que regula la concesión de créditos con cargo a dicho fondo.

La OCDE define la ayuda oficial al desarrollo como aquella encaminada al desarrollo económico y al bienestar de los países menos desarrollados, mediante la concesión de créditos en condiciones más favorables que las vigentes en el mercado financiero. Esta definición no aparece, sin embargo, en el Real Decreto Ley de 24 de agosto de 1976, por el que se creó el Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).

Los créditos FAD son, según el decreto, aquellos concedidos por el Estado español a otros Estados o instituciones públicas extranjeras, así como a organismos financieros intergubernamentales, en términos concesionarios y ligados o no a la adquisión por el beneficiario de bienes y servicios españoles.

Esta reglamentación tan ambigua ha permitido que el FAD, a pesar de su nombre, haya funcionado durante estes años más como un instrumento de fomento financiero a la exportación que como un cauce para ayudar al desarrollo del Tercer Mundo, según admite el propio Instituto de Crédito Oficial (ICO). Incluso se han llegado a subvencionar con cargo al FAD exportaciones de material militar, lo que no parece compatible con el espíritu o, al menos, el nombre del fondo.

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Sobre la firma

Miguel González
Responsable de la información sobre diplomacia y política de defensa, Casa del Rey y Vox en EL PAÍS. Licenciado en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) en 1982. Trabajó también en El Noticiero Universal, La Vanguardia y El Periódico de Cataluña. Experto en aprender.

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