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La OCU promueve una iniciativa legislativa popular para que el Estado indemnice a los afectados de la colza

La Organización de Consumidores y Usuarios ha promovido una iniciativa legislativa popular para reclamar que el Estado indemnice a los afectados por el síndrome tóxico para lo que intentará recabar las 500.000 firmas que exige la Constitución para que la ciudadanía proponga leyes al Parlamento.Esta iniciativa promovida por la OCU se produce semanas después de que el PSOE derrotara en el Congreso de los Diputados el intento de la oposición de que el Estado indemnice a los afectados. El partido del Gobierno consideró que no se puede desembolsar estas indemnizaciones -oficiosamente cifradas en más de 500.000 millones- hasta que los tribunales fijen la responsabilidad de la Administración en el denominado sumario de autoridades, en el que se investiga la actuación de 10 altos cargos de la etapa centrista.

El texto de la iniciativa legislativa manifiesta que "los consumidores-víctimas en esta tragedia son todos de economía modesta y escasa información y educación sobre los derechos de los consumidores" y "son en su inmensa mayoría de poblaciones rurales de Castilla y León y obreros de las poblaciones del cinturón de Madrid". En suma, concluye este texto, son "compatriotas en situaciones de inferioridad, indefensión y dependencia".

La organización de consumidores, personada en el sumario de la colza, recuerda que a Ios afectados del síndrome tóxico, después de ocho años de padecimientos y espera en la causa contra los aceiteros, se les reconoce el derecho a unas indemnizaciones por los daños físicos y morales sufridos, pero como es bien patente, hasta el presente no se encuentra medio de hacer patente la responsabilidad".

Y precisa que los condenados al pago de tales indemnizaciones o son insolventes o sus bienes, hasta ahora oficialmente aparecidos, son de muy escasa cuantía.

Por otro lado, una reciente sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo a la hora de rebajar la multa inicial aplicada a un aceitero por venta a granel -la sanción bajó de 500.000 a 100.000 pesetas- hizo la siguiente consideración: "Ha de recordarse que las normas han de ser aplicadas antendiendo a la realidad social y si ésta, por un lado, ha ofrecido asuntos de tanta gravedad como el tristemente célebre caso de la colza -lo que afecta a los fines de prevención general propios de la sanción-, por otro, en localidades pequeñas muestra la existencia de la costumbre de comprar aceites en almazaras del lugar cuyos titulares son bien conocidos lo que inspira la lógica confianza".

Esto, indica el fallo, "no puede ser obstáculo para aplicar la normativa sancionadora vigente siendo únicamente un dato a la hora de graduar la sanción".

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