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"Ricos y pobres en paz y seguridad"

Juan Antonio Carbajo

El códice del Fuero de Madrid es una de las piezas más valiosas que custodia el Archivo de la Villa. Aquellos cuatro cuadernillos de de ocho hojas -el segundo se perdió hace siglos- son las primeras normas legales que rigieron la vida de los vecinos de Madrid.

Las ordenanzas las mandó redactar el rey Alfonso VIII en 1202 -quizá antes- para que "ricos y pobres vivan en paz y seguridad", dice el texto escrito en latín arromanzado.

Desde la promulgación del fuero, los miembros del concejo empezaron a reunirse semalmente, avisados a toque de campana, en el claustro de la iglesia de San Salvador, que estaba situada en la calle Mayor, frente a la actual plaza de la Villa. También se establecían en el fuero las penas para castigar los delitos más variados y las multas para sancionar las pequeñas infracciones ciudadanas.

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Los legajos de la villa

"Pan minguado"

El fuero estableció la pena de muerte para los ladrones -precepto 110- y una multa de cuatro maravedíes a aquellos pendencieros que organizaran peleas, a puñetazos o a patadas. Los panaderos estaban perfectamente controlados. Había multas de medio maravedí para los que se vendiesen "pan minguado" (precepto 57).

Un ochavo de maravedí era la multa que se imponía a los que arrojasen inmundicias a las calles cercanas a la puerta de Guadalajara, situada en la esquina de la actual calle Mayor con la de Milaneses. Otro ochavo de maravedí era el castigo por lavar tripas de animales en la alcantarilla de San Pedro. La persona del alcalde quedaba bien protegida en los fueros. El precepto 38 preveía una multa de cinco maravedíes a aquellos que osaran llamar mentiroso al regidor de la villa.

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