El fiscal de la colza recurrirá la sentencia por discrepar con las principales condenas
Eduardo Fungairiño, fiscal de la Audiencia Nacional encargado de¡ caso del síndrome tóxico, presentará recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra la sentencia de la colza, hecha pública el pasado sábado, por discrepar con las responsabilidades y penas que han correspondido a varios de los principales acusados, entre los que destaca Jorge Pich, según informaron fuentes jurídicas.
Para el fiscal, la actuación de Pich no puede ser considerada como cómplice, o cooperador no necesario, según estima el fallo, sino como coautor, ya que su mediación fue imprescindible para el establecimiento de relaciones comerciales entre el importador del aceite, Juan Miguel Bengoechea, y el almacenista de Alcorcón Ramón Ferrero, que distribuyó entre diversos vendedores ambulantes las partidas tóxicas. El fiscal considera que Pich merecía una pena en el mismo grado que Bengoechea (condenado a 20 años) y que puede ser relativamente fácil de argumentar en el recurso.Fungairiño estudia también cómo conseguir una pena superior para los aceiteros catalanes Ramón Alabart y Enric Salomó, condenados cada uno de ellos a cuatro años y dos meses, ya que, a su entender, su participación fue mucho más importante de lo que la sentencia ha recogido.
El fiscal entiende que Salomó y Alabart intervinieron de forma decisiva en la distribución del aceite a través del circuito catalán, conocían el procedimiento de eliminación de la anilina, y así lo pusieron de manifiesto en la reunión de Zaragoza de 17 de junio de 1981 en la que ambos, junto con los hermanos Juan Miguel y Fernando Bengoechea y Jorge Pich, se pusieron de acuerdo para tratar de ocultar las pruebas de sus peligrosas relaciones comerciales.Para el fiscal, la relación de causalidad entre la ingestión del aceite y la enfermedad no está bien fundamentada en la sentencia. Fungairiño considera que esta parte esencial de los fundamentos jurídicos no ha sido bien argumentada para todas las pruebas que se han practicado durante el juicio y el esfuerzo pericial que se ha hecho. El fiscal no se explica, entre otras cuestiones, cómo de todos los peritos extranjeros que han comparecido en la vista sólo se cita al epidemiólogo británico Richard Doll. Por otro lado, cree insuficiente la argumentación jurídica ofrecida sobre la aplicación a los hechos probados del delito contra la salud, pública con resultado de muerte (por dolo eventual).
Su recurso va a orientarse, en el aspecto de los razonamiento jurídicos, a intentar reforzar los argumentos relativos a la relación de causa-efecto entre el con sumo de aceite tóxico y los envenenamientos. El fiscal estima también que una débil fundamentación de la sentencia beneficia los recursos que puedan presentar las defensas de los principales procesados y por ello quiere contrarrestar ese efecto.
Altos cargos
Por otro lado, el denominado sumario de los altos cargos, desglosado del de la colza y en el que se depuran las posibles responsabilidades de la Administración, está a punto de concluir. únicamente faltan dos pruebas, salvo petición de nuevas diligencias, para que el juez central de instrucción número 1 de la Audiencia Nacional, Carlos Bueren, concluya el sumario, que ahora se tramita por el procedimiento abreviado, ya que, por los posibles delitos que puedan apreciarse en esta causa, no pueden deducirse condenas superiores a 12 años. La resolución de este caso es trascendental para los afectados por el síndrome tóxico, ya que, para que puedan cobrar las indemnizaciones fijadas en la sentencia leida el sábado, al menos uno de los funcionarios encausados tendría que ser condenado.
Las dos pruebas que todavía no se han practicado son la incorporación de la sentencia del caso principal, lo que se puede producir esta misma semana, y una pericial consistente en determinar si varios expertos son capaces de diferenciar el aceite de colza comestible del aceite de colza desnaturalizado atendiendo a sus características organolépticas (es decir, su color, olor y sabor).
Por otro lado, el tribunal dictó ayer una providencia por la que ha ampliado a 10 días el plazo para pedir aclaraciones de la sentencia y también ha prolongado a 30 días el tiempo hábil para la preparación del recurso de casación.
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