Condenas muy inferiores a las que pedía el fiscal
El tribunal del síndrome tóxico ha condenado a los principales acusados a penas absolutamente alejadas de las peticiones que había hecho el fiscal, Eduardo Fungairiño. Pese a que la sentencia considera probada la relación de causalidad entre la ingestión del aceite de colza desnaturalizado y la enfermedad, los magistrados estiman que ninguno de los acusados cometió delito de homicidio. Las penas impuestas son las siguientes:Juan Miguel Bengoechea, 20 años y multa de 100.000 pesetas por dos delitos contra la salud pública y otro de imprudencia temeraria profesional. El fiscalpedía para él 60.256 años de cárcel.
Ramón Ferrero, 12 años de prisión por dos delitos de imprudencia temeraria profesional y otro de estafa. El fiscal pedía 60.535 años.
Jorge Pich, 10 años y 100.000 pesetas de multa por colaborar en los delitos atribuidos a Juan Miguel Bengoechea. La petición fiscal ascendía a 60.526 años.
Elías Ferrero y Cándido Hernández, cuatro años y dos meses por cooperación en estafa para cada uno. El fiscal pedía 60.535 años. Enric Salomó, cuatro años y dos meses y 100.000 pesetas de multa por delito contra la salud pública. La petición era de 61.875 años.
Ramón Alabart, cuatro años y dos meses y 100.000 pesetas de multa por el mismo delito que Salomó. El fiscal pedía para él 60.774 años. Agustín y Tomás Baviera, seis meses, por imprudencia temeraria profesional. Florencio Feijóo, cuatro años y dos meses por estafa. Juan Antonio Pastor Ruiz, Adela Jarauta y Ramón Navarro, cuatro años y dos meses por estafa.
Los 25 procesados restantes han sido absueltos, entre ellos Fernando Bengoechea, quien, según la sentencia, no consta que conociera los manejos de su hermano, con el que compartía la propiedad de Rapsa. El fiscal había pedido para él 60.526 años.
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