El Constitucional y dos jueces dan la razón a Hacienda en el contencioso de las 'primas unicas'
El Tribunal Constitucional y dos juzgados de Barcelona han dictado distintas resoluciones que -con supuestos, instancias y planteamientos diferentes- suponen un refuerzo decisivo para Hacienda al reconocer el derecho de la Administración a conocer los titulares de los seguros de prima única y rechazar las peticiones de entidades y particulares que se oponían a su entrega amparándose en el derecho a la intimidad. Sólo los nombres de los beneficiarios han quedado excluidos de la obligación de ser declarados, según los autos dictados por dos magistrados de Barcelona. El secretario de Estado de Hacienda, José Borrell, calificó ayer de "fabuloso para Hacienda" el contenido de estas resoluciones.
El Tribunal Constitucional ha desestimado un recurso de amparo interpuesto por La Unión y El Fénix contra un auto de la Audiencia de Madrid que obligó a la compañía de seguros a facilitar los nombres de los titulares de pólizas de seguro de prima única. El Tribunal ha rechazado la pretensión de la compañía de seguros por considerar que no era el momento de presentar la demanda -ya que aún no se ha agotado la vía de los tribunales ordinarios- y por que de la consideración del auto no se desprendía ningún elemento que hiciera, sospechar de su inconstitucionalidad.Por otra parte, dos jueces de primera instancia de Barcelona han dictado sendos autos en los que califican que los datos solicitados por Hacienda deben facilitarse, a excepción de los beneficiarios. El auto dictado por el magistrado Victoriano Domingo Lorenz, titular del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Barcelona dice textualmente en uno de sus razonamientos jurídicos: "De todos los datos exigidos por la Administración Tributaria, solamente el nombre del beneficiario resulta al menos en principio y a juicio de este juzgado indiferente a los efectos fiscales por lo que debe restar protegido por el derecho a la intimidad que consagra el artículo 18.1 de la Constitución", según Europa Press.
Efectos fiscales
La resolución judicial añade: "Los demás datos solicitados -suscriptores, cuantías de las primas satisfechas, capital diferido y número de años de duración- tienen trascendencia fiscal y con base a la legislación tributaria del Estado y en la interpretación que de la misma ha dado el Tribunal Constitucional, deben ser suministrados". Este auto y otro dictado en términos parecidos por el Juzgado de Primera Instancia número 10 de Barcelona responden a demandas de suscriptores de primas únicas contra La Caixa, en las que solicitaban que la entidad no entregase los datos de los beneficiarios de las pólizas invocando el derecho a la intimidad que ampara el Tribunal Constitucional.Para José Borrell, "esta sentencia es muy importante porque por primera vez hay un pronunciamiento judicial sobre el fondo de la cuestión al, manifestar los magistrados que los datos que solicita Hacienda tienen efectos fiscales". Los autos se basan en una sentencia del Constitucional de 26 de noviembre de 1984 que señala la necesidad de armonizar los artículos 31 y 18.1 de la Constitución. El primero dice: "Todos deben contribuir al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con la capacidad económica", y el segundo garantiza el respeto a la intimidad personal y familiar.
En relación con la exclusión de los beneficiarios, el secretario general de Hacienda, Jaime Gaitiero, mostró su desacuerdo con las decisiones de los jueces de Barcelona porque, en su opinión, "los beneficiarios de las pólizas con prima única tienen también obligaciones fiscales en el momento que perciben el dinero". Señaló que ffo habían recibido los autos mencionados . por lo que desconocemos si cabe la posibilidad de recurrirlos". Afirmó que a las compañías de seguros se les ha requerido tanto las listas de titulares como de los beneficiarios de estas pólizas. Las diferentes sentencias que se han emitido hasta la fecha permiten afirmar a Gaiteiro que "lo principal está salvado", ya que en todas ellas se obliga a las compañías a entregar las listas de los titulares. En relación a la decisión del Tribunal Constitucional sobre La Unión y El Fénix, Gaiteiro señaló que lo que se ha producido es un rechazo del recurso de amparo promovido por la aseguradora "lo que nos vuelve a dar la razón".
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