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Las semillas del corporativismo

Discrepa el autor del texto de los dos artículos publicados recientemente en EL PAÍS (18 y 19 de abril) en torno a la ley de la Función Militar, señalando que resulta preciso eliminar definitivamente las ansias corporativistas que se deducen de los mismos. A su juicio, la citada, ley es un intento serio de evitar el caldo de cultivo propicio para el golpismo en el seno de las Fuerzas Armadas, a la vez que actualiza su entroncamiento con la España constitucional.

Para los militares profesionales que nos hemos esforzado (sotire todo durante la transición dernocrática española) por situar a las Fuerzas Armadas en el justo lugar que les haya de corresponder en la España constitucional, leer los dos recientes artículos de F. G . Moretón sobre la ley de la Función Militar es tarea altamente formativa y aleccionadora.Es formativa porque, en resumida síntesis, se obtiene con ellos una completa panorámica (le lo que son las semillas del corporativismo en su más clara expresión. Y es aleccionadora la lectura de esos textos porque nos incita a seguir en la brecha, precisamente para hacer todo ,lo posible por alejar de España el espectro de la cuestión militar, que tanto ha dificultado el caminar histórico del pueblo español.

Vocabulario mítico

Que en una denominada reflexión final de todo el trabajo argumentativo se venga a decir que a las Fuerzas Armadas no se les pueden aplicar criterios que contradicen "sus características esenciales y desvirtúan la esencia de su naturaleza intrínseca" hace planear sobre nuestras mentes el tradicional vocabulario mítico -e irracional, por tanto- que impide utilizar a continuación cualquier argumento lógico (¿qué esencia es ésa?, ¿de qué naturaleza intrínseca estamos hablando?). Intentar resumir ambos términos en un tercero igualmente difuso, lo militar, como hace el autor, no parece que sea desear una mayor claridad conceptual. Pero si antes, además, uno ha tenido ocasión de leer que las Fuerzas Armadas están "fuera de la Constitución, aunque subordinadas a ella" (lo que en verdad resulta bastante dificil de entender) y que en ellas existe un "reducto indisponible- (sic) por el legislador (que interpreto como intocable) para "salvaguardar el contenido mínimo indispensable de la institución", esas semillas de corporativismo parecen hacer brotar los fantasmas más recientes del golpismo, pues es como si con ello se desease establecer en España una especie de reducto final, o torre del homenaje, donde se encontrarían unas Fuerzas Armadas (de las que el articulista considera, además, que "en cierta medida su existencia es anterior a la propia Administración del Estado") que serían en realidad la verdadera esencia original del Estado. In principio erat las fuerzas armadas... (¿Por qué, en tal caso, no habrían de ser estas fuerzas armadas, desde su privilegiada atalaya, las que de nuevo determinaran cuándo estaba España alcanzando una situación límite?)

Erróneo y peligroso

Todo esto me parece a la vez erróneo y peligroso. Estoy de acuerdo con el autor en que "ningún militar se considerará funcionario público", si con ello se refiere a los viejos militares, como el que estas líneas escribe, para quienes tal equiparación ha sido siempre considerada casi como un insulto, pues así hemos sido enseñados. Pero los militares del año 2000 habrán de considerarse como responsables de una parte de la función defensiva del Estado, del mismo modo que otros pueden desarrollar la función administrativa económica, la policial o la educativa. Basarse en las peculiaridades del servicio militar (respecto a exigencias de horas de trabajo, jornadas laborales y demás) para distinguir al militar del funcionario no parece conducir a nada; algún funcionario de Renfe he conocido que pasaba en su casa muchas menos noches que bastantes compañeros míos. Pero ésta no es la cuestión. Esto es simple anécdota, y si hay alguna peculiaridad especial en lo militar, ésta reside exclusivamente en ser el ejecutor de la guerra, con todo lo que esto implica.

De una forma o de otra habrá que definir la función militar como parte de la función defensiva del Estado, y en ella habrá de encajar el militar, con peculiaridades propias, en las que no es posible entrar aquí, primando unas u otras virtudes y un modo de vida que quizá no tenga mucho que ver con el de otros servidores del Estado, aunque la evolución de los ejércitos hace que unos y otros sean cada vez más parecidos. Pero sí será necesario acostumbrarse a eludir esos recovecos que el autor rechaza, pero que utiliza quizá a pesar suyo, como lo es la equívoca alusión al mando supremo del Rey sobre las Fuerzas Armadas (¿es que cabe concebir a finales del siglo XX a un rey entrando en campaña a la cabeza de sus ejércitos?; pues éste y no otro es el origen de esa atribución de mando supremo que en la Constitución no se ha estimado oportuno modificar).

Sin privilegios

Y habrá que eliminar para siempre el evidente deseo advertido en los artículos comentados de situar a las Fuerzas Armadas en un lugar privilegiado dentro de la estructura del Estado. Si algún privilegio nos corresponde es el del peligro frente al enemigo: no hay otro (y esto ni siquiera es ya, en la guerra moderna, un privilegio militar, pues es cada vez mayor el número de bajas entre la población civil en cualquier conflicto bélico). Lo demás, quiérase o no, son las semillas del corporativismo, sobre las que suele crecer el golpismo. Que una simple ley pueda o no ahogarlas es cosa que está por ver, pero alguna vez habrá que intentarlo así o de otra manera.

es general de brigada de Artillería, diplomado de Estado Mayor.

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