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CC OO y UGT denuncian la ocultación de 40.000 casos de enfermedad profesional al año

UGT y CC OO denuncian que cada año se producen en España unos 40.000 casos de enfermedad causada por el puesto de trabajo, la mayor parte de los cuales se oculta y constan como enfermedades comunes. Fuentes del Insalud reconocen que las estadísticas del Ministerio de Trabajo, que registraron 2.518 casos en 1987, no se ajustan a la realidad. En el caso del cáncer, los sindicatos estiman que hay más de 12.000 al año de origen laboral y las estadísticas no recogen ni uno.

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Según CC OO y UGT, al computarse como comunes muchas enfermedades profesionales causa de incapacidad, los trabajadores afectados pierden entre el 30% y el 50% de la base reguladora en la pensión que les correspondería.La media española es de 292 enfermos laborales por cada millón de trabajadores y año, según CC OO. Esta proporción es inferior a la de la RFA, donde es de 1.125, y está muy lejos de la de EE UU, donde alcanza los 4.900. En cuanto a muertes, en España se declararon dos casos en 1987, mientras en el Reino Unido fueron 900.

La diferencia entre las estadísticas españolas y las de otros países o las estimaciones sindicales viene de que parte de la patología laboral se atiende como si fuera común. Gonzalo Guisante, jefe de la sección de medicina laboral del INSALUD reconoce que "en la práctica, figuran en las estadísticas menos enfermedades laborales de las que hay. A veces, el propio médico no cae en la cuenta de que pueda tratarse de una enfermedad de este tipo Sólo se detectan los casos muy claros".

Cada año se conceden en España un promedio de 107.000 pensiones por incapacidad, se gún CC OO. Unas 100.000 se conceden por enfermedad común, 6.500 por accidentes de trabajo y sólo unas 500 (el 0,5%) por enfermedades profesionales.

Para Ángel Carcova, respon sable del gabinete de salud labo ral de CC OO, "hay un sistemático ocultamiento de las enfermedades laborales, en buena parte por motivos económicos. El criterio para definir como laboral una enfermedad es indemnizatorio, y la Seguridad Social ahorra mucho dinero si no se califican las enfermedades como laborales".

Las pensiones por incapacidad permanente total -las más numerosas- pasan del 55% del la base reguladora al 85% o 105% en caso de que se reconozca que fueron causadas por enfermedad profesional.

Tribunales médicos

La enfermedad laboral se declara a través de los tribunales médicos del Instituto de Medicina y Seguridad en el Trabajo. El trabajador puede recurrir a Magistratura del Trabajo para lograr el reconocimiento de la enfermedad profesional.En algunas ocasiones, la enfermedad es causa de incapacidad, por la que el trabajador afectado recibe una pensión. Estas pensiones por invalidez las paga la Seguridad Social. "Sólo en muy pocos casos, si llega a demostrarse que la enfermedad ha venido motivada por falta de higiene, la Mutua de empresarios puede tener que pagar un 20% o 35% más", explica Ignasi Fina, médico laboral.

A continuación, el trabajador puede recurrir a la vía civil para reclamar indemnizaciones al empresario. En los casos de enfermedad grave o muerte, habría la posibilidad de llegar, incluso, a la jurisdicción penal. Ignasi Fina cuenta que "en la práctica, los jueces nunca los admiten a trámite. No hay casos en que una enfermedad laboral se vea por lo penal".

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