El valor del consenso
DOS INSTITUCIONES altamente representativas del Estado democrático -el Tribunal Constitucional y el Consejo General del Poder Judicial- han renovado recientemente su composición. En el primero, la reelección de su actual titular, Francisco Tomás y Valiente, por otros tres años, ha sido acompañada de la designación como vicepresidente de Francisco Rubio y Llorente, un magistrado de la primera hora, con criterio y de reconocida influencia en la institución, cuyos votos particulares, como el famoso a favor de la televisión privada, siempre han sido estudiados con interés. Además, al alto tribunal -renovable por tercios de sus 12 miembros cada tres años- han llegado tres nuevos magistrados (el cuarto de los renovados repite el mandato para el que fue elegido en febrero de 1986). Por su parte, el Consejo General ha cubierto tres vacantes producidas entre sus 20 vocales por el fallecimiento de uno de ellos y la jubilación de otros dos.Ni la duración del mandato de los miembros de las dos instituciones -nueve años en una y cinco en la otra- ni el sistema de elección -parcialmente parlamentaria en una y totalmente en la otra- son exactamente iguales. Sin embargo, el consenso político juega necesariamente en la designación parlamentaria de los integrantes de ambas instituciones: de ocho de sus 12 miembros en el caso del Tribunal Constitucional (la elección de los otros cuatro se la reservan a partes iguales el Ejecutivo y el Consejo General de Poder Judicial), y de todos ellos en el caso del órgano de gobierno de las jueces.
En el actual relevo es fácilmente observable la proporción casi matemática con que se ha procedido de acuerdo con el equilibrio existente entre la mayoría y la oposición: los socialistas colocan a dos candidatos suyos en cada una de las instituciones, y la derecha conservadora, a uno. Aunque el empeño del Partido Popular en proponer para el órgano de gobierno de los jueces al magistrado ultraconservador Roberto García Calvo rompe de alguna manera el espíritu del consenso respetado hasta ahora en la elección de instituciones básicas del régimen democrático.
La etapa que se abre con la nueva renovación parcial del Tribunal Constitucional y del Consejo General del Poder Judicial debería estar marcada por su definitivo asentamiento institucional. Tomás y Valiente y Rubio y Llorente, al frente de un Tribunal Constitucional mayoritariamente abierto al progreso, tienen la ocasión de reforzar la meritoria labor de este órgano institucional a favor de una mayor penetración de los valores constitucionales en el tejido social y político. Labor que no debería quebrarse ante la razón de Estado como ha ocurrido, por ejemplo, en cuestiones como la legislación antíterrorista y la objeción de conciencia.
La aportación de tres nuevos vocales al Consejo General del Poder Judicial se produce en'un momento de mayor equilibrio interno, tras la sacudida que supuso en 1985 el cambio de elección corporativa de sus miembros por la parlamentaria. A un primer período marcado por el seguidismo ledesmista de algunos de sus componentes -lo que contribuyó a extender la sensación de enfeudamiento del órgano de gobierno de los jueces en el Ejecutivo- ha sucedido una etapa en la que el Consejo General del Poder Judicial parece haber asumido con determinación el papel institucional que le corresponde. La conexión con la soberanía popular a través de la elección parlamentaria de sus miembros le coloca en la mejor posición para ejercer su tarea con sentido de Estado y ser sensible, al mismo tiempo, a las demandas sociales. Ello aleja del órgano de gobierno del poder judicial. la tentación de convertirse en una especie de ejecutiva de un sindicato gremialista, cerrado sobre sí mismo, exclusivamente reivindicativo y siempre insatisfecho con la política judicial diseñada desde el Ejecutivo.
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