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Victoría de los armadores españoles contra una empresa británica que eliminaba las empresas pesqueras conjuntas

La Corte de Primera Instancia de Londres decidió ayer la suspensión temporal de una ley aprobada por el Parlamento británico por la que se obligaba a los armadores españoles a vender su participación en las empresas conjuntas constituidas en este país. Los jueces han decidido remitir el caso al Tribunal de Luxemburgo. Los barcos se someterán a las inspecciones de seguridad y deberán respetar las condiciones de sus licencias de pesca.

Contra esta disposición de las autoridades británicas ya se había manifestado el comisario de Pesca de la Comunidad Europea, Manuel Marín, por entender que iba contra la filosofía y el texto del Tratado de Roma. Los jefes de gabinete del Colegio de Comisarios se dirigieron el pasado mes de febrero a las autoridades británicas, a quienes comunicaron su decisión de abrir un procedimiento de infracción. Para los armadores españoles, según Margarita Maíza, adjunta a la dirección de la Asociación Nacional de Empresas Consignatarias (Anesco), se trata de una victoria justa que impide un proceso de expropiación encubierto para los intereses pesqueros españoles en las islas.El pasado 1 de diciembre entró en vigor en el Reino Unido la Merchant Shipping Act, por la que se fijaban las condiciones para el registro de los buques de pesca británicos. De acuerdo con esta disposición, únicamente podían acceder a este registro los barcos propiedad de personas físicas o jurídicas "cualificadas". Esta cualificación significaba a efectos prácticos que fueran súbditos británicos quienes tuvieran la propiedad del 75% de las acciones de la compañía. La entrada en vigor de esta ley estaba fijada para el pasado primero de marzo.

Nacionalización encubierta

Los armadores españoles, especialmente a partir de 1980, iniciaron una política de inversiones en el Reino Unido, con las correspondientes autorizaciones del Ministerio de Economía español, para la constitución de empresas conjuntas. Estas actuaciones han supuesto en los últimos años unas inversiones de unos 9.500 millones de pesetas, y afectan a 95 barcos de estas sociedades donde el capital español es mayoritario, al alcanzar en casi todos los casos el 90%. Este casi centenar de barcos emplea a unas1.500 personas, la mayor parte españolas.

La aplicación de la ley suponía para los armadores españoles que quisieran seguir disfrutando de sus licencias de pesca y su inclusión en el registro de buques la obligación de vender su participación mayoritaria desde el 90% que tienen en la actualidad hasta el máximo permitido por la nueva normativa, que ascendía solamente al 25%.

Las autoridadeas británicas justificaban la nueva ley como un intento para evitar que empresas pesqueras de otros países se aprovechasen de unas cuotas asignadas al Reino Unido con perjuício para los pescadores nacionales. Frente a estas argumentaciones, los armadores españoles iniciaron un contencioso y señalaron que su ímplantación en el Reino Unido es anterior a la entrada de España en la Comunidad Europea, y, por tanto, previa a la distribución de las cuotas. Por otra parte , según se ha defendido ante los tribunales británicos y ha sido reconocido por los jueces de este país, el Reino Unido forma parte de la CE, y, en consecuencia, está obligado a respeta: la normativa en materia de movimientos de capital y mercados y el espíritu del Tratado c e Roma.

Los armadores españoles" argumentaron la no retroactividad de la ley y la existencia de unos derechos adquiridos. El presidente del tribunal señaló que las leyes británicas formar ahora parte de las comunitarios, y que, en consecuencia, los tribunales británicos tienen jurisdicción para modificar decisiones parlamentarias.

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