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Gil-Robles acusa a Ana Tutor de vilolar la Constitución al expulsar a una extranjera

El defensor del pueblo, Álvaro Gil-Robles, ha comunicado a la delegada del Gobierno en la Comunidad de Madrid, Ana Tutor, que la orden de expulsión de la ecuatoguineana Dolores Barleycon Buyla, de 21 años, ha impedido a ésta pedir a los jueces la suspensión de tal decisión, lo que viola su derecho constitucional a la tutela judicial efectiva.

Gil-Robles reprocha a Tutor la infracción de la doctrina del Tribunal Constitucional sobre control judicial de las expulsiones, en evitación de "un uso arbitrario o injustificado", señala el alto tribunal, "de las facultades administrativas de intervención". El Defensor del Pueblo, tras recordar los infructuosos intentos de ponerse en contacto telefónico con la delegada del Gobierno en la madrugada del pasado 4 de marzo, le pide información sobre el caso y, en concreto, sobre la "intervención judicial".El origen de esta actuación fue la comparecencia, el pasado 3 de marzo, en la oficina del Defensor del Pueblo, de Nemesio Erike Bosoko, padre, junto a Dolores Barleycon, de una niña de 19 meses de edad, nacida en Madrid. Erike, acompañado del letrado Juan González Herrero, alegó que Barleycon residió legalmente en España durante varios años y que recientemente le fue denegada la renovación de los permisos de trabajo y residencia. Asimismo, aportó un acta notarial según la cual Ana Bueloha Lolo, familiar de Dolores Barleycon, se comprometía a la manutención de esta última y de su hija Sandra.

El Defensor del Pueblo solicitó información sobre las circunstancias concurrentes en este procedimiento de expulsión, acogido a la ley de Extranjería. La respuesta ofrecida por la delegación del Gobierno en la tarde del viernes, 3 de marzo, fue que se iba a proceder "a la suspensión de la expulsión".

"El día 4"

Sin embargo, a las 22 horas de ese mismo día, el abogado informó que Barleycon había sido conducida al aeropuerto de Madrid-Barajas para su inmediata expulsión, sin que le hubiera sido notificado el decreto de expulsión, lo que impedía la interposición del correspondiente recurso ante los órganos judiciales competentes. Personal de la oficina del Defensor del Pueblo se puso en contacto hacia las 23 horas del mencionado día 3 de marzo con el inspector jefe de la comisaría del aeropuerto, quien confirmó que Barleycon iba a ser expulsada y que constaba en el expediente la notificación del decreto "el día 4" de marzo.

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Ante estos hechos, en la madrugada del 3 al 4, el Defensor del Pueblo intentó ponerse en contacto con Ana Tutor, pero en la delegación del Gobierno informaron que se encontraba "ilocalizable". Instantes después, Dolores Barleycon fue expulsada de España, sin que, según informó el letrado González, le constara la notificación a su defendida del decreto de expulsión ni le fuera permitido entrevistarse con su cliente, al exigirle un policía "un poder notarial".

Ante estos antecedentes, el Defensor del Pueblo transmite a la delegada del Gobierno su criterio sobre la posible "infracción de los derechos constitucionales de Dolores Barleycon", en particular el "derecho a la tutela judicial efectiva". En concreto, la falta de la oportuna notificación del decreto de expulsión "imposibilita a esta ciudadana plantear ante el órgano jurisdiccional competente la suspensión del acto administrativo acordado". Asimismo, reprocha a Tutor la infracción de la sentencia del Tribunal Constitucional sobre la ley de Extranjería en la que se salvaguarda la facultad judicial de suspender las órdenes administrativas de expulsión, dentro del catálogo de garantías para reducir al mínimo los riesgos de arbitrariedad o uso injustificado de la ley de Extranjería.

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