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TRIBUNALES

Condenado a siete meses de prisión por un delito de bigamia

La Audiencia Nacional ha condenado a José Vivancos Vázquez, directivo de Aviaco, a la pena de siete meses de prisión por el delito de matrimonio civil ilegal o bigamia, al haber estado casado al mismo tiempo con dos mujeres. Vivancos, que no ingresará en la cárcel, ha sido penado también con el pago de las costas del proceso y la suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante los siete meses de condena.

La sentencia señala que Vivancos contrajo matrimonio civil en Manhattan (Nueva York) el 5 de mayo de 1981 con Manuela Miguélez Domínguez. El 10 de noviembre de 1983, cuando estaba aún vigente el matrimonio, pues el vínculo no había sido disuelto, Vivancos volvió a casarse, esta vez en Praga (Checoslovaquia), con Jana Zeleny. Los dos enlaces fueron inscritos en el Registro Civil Central, por lo que ambos eran válidos.Se da la circunstancia de que éste no es el clásico caso de bigamia en el que se produce la convivencia marital de un hombre con dos mujeres al mismo tiempo, sino que Vivancos omitió la disolución de su boda neoyorquina con Manuela Miguélez, aunque de hecho ya no convivía con ella, para evitar las consecuencias económicas de la ruptura, esto es, el reparto de los bienes gananciales.

El tribunal, sin embargo, no ha concedido la indemnización de cinco millones solicitada por Manuela Miguélez por los perjuicios ocasionados. Los magistrados entienden que los efectos económicos se fijarán después de la resolución de la demanda de divorcio entre Vivancos y Manuela, que se tramita en un juzgado civil de Madrid. También existe otro procedimiento pendiente, instado por Manuela, sobre la nulidad de una compraventa de bienes gananciales realizada por Vivancos.

Aunque la sentencia no lo menciona en el relato de los hechos, éstos eran los enlaces tercero y cuarto de Vivancos, que ya se había casado otras dos veces en Alemania. La primera vez, por lo civil, en 1960, y la segunda, por la Iglesia, en 1966. Respecto al primer matrimonio, Vivancos consiguió el divorcio, y del canónico obtuvo la nulidad. Habida cuenta de las dificultades que en aquellas fechas había en España con los divorcios, Vivancos no consiguió cancelar la inscripción de su primer matrimonio hasta el 7 de marzo de 1969, cuando ya llevaba tres años casado con su segunda esposa, Christinne Haberland.

Profesional

La decisión del tribunal de condenar a Vivancos está motivada en que cuando éste se casó en Praga conocía que todavía estaba vigente el enlace de Nueva York.El magistrado ponente de la sentencia, Jerónimo Barnuevo, precisa que Vivancos sabía el alcance de sus decisiones, "dada su profesionalidad en esta materia, después de haber contraído otros matrimonios anteriores en Alemania".

Durante el juicio, Vivancos había alegado que el matrimonio de Nueva York no había sido válido porque no se había inscrito en el registro y se había realizado únicamente para que Manuela pudiera obtener un permiso de residencia en Estados Unidos y bonificaciones en los vuelos. Alegó también que la inscripción del enlace de Nueva York en el Registro Civil Central fue realizada por Manuela pocos días antes de su boda en Praga. "Yo no sabía que me habían casado en secreto", dijo.

Manuela Miguélez negó en la vista que hubiera tenido un matrimonio de conveniencia con Vivancos. "Para convivir con él, nunca necesité una boda y tampoco se lo pedí", afirmó en el juicio. Agregó que inscribió el matrimonio en el registro para poder separarse cuando su marido la expulsó del domicilio. "Él había cancelado todas las cuentas y me aconsejaron que registrara el enlace porque era la única forma de recuperar lo que era mío", precisó.

El hecho de que el matrimonio con Manuela no fuera inscrito hasta unos días antes del contraído en Praga no es óbice, según la sentencia, para condenar a Vivancos.

El bígamo puede recurrir la decisión judicial ante el Tribunal Supremo.

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