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Sentencia contra el Santander por cobro de interés superior al pactado

El Juzgado número 3 de la Audiencia Territorial de Bilbao ha dictado una sentencia en la que se condena al Banco Santander por aplicar un interés superior al pactado en la concesión de un crédito hipotecario para la adquisición de una vivienda. Según la sentencia, la entidad financiera deberá reintegrar el dinero cobrado de más hasta ahora, al tiempo que tendrá que regularizar la situación para que los demandantes paguen única mente las cuotas que les corresponden, de acuerdo con el cálculo admitido por el juzgado. Los demandantes estimaron en su reclamación que la diferencia era de 950.000 pesetas al finalizar el período de vigencia del crédito.

La Audiencia de Bilbao considera probado que la sociedad Hipotebansa, instrumental del Banco Santander, concedió el crédito a finales de 1987 por un importe de 3,5 millones, mediante un contrato en el que se establecía un tipo de interés del 13,5%. Los cálculos realizados por una empresa especializada, aportados como prueba en el sumario del caso, demuestran que las cantidades cobradas por el banco corresponden a un tipo de interés del 14,77%.

Ésta es la primera sentencia de estas características que se produce en el País Vasco. El Banco Santander ha anunciado ya la presentación de recurso.

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