¡Alerta, mujeres!
En un matrimonio en régimen de gananciales, el marido no puede vender las propiedades inmuebles sin que la mujer dé su consentimiento y participe en la firma de la escritura. Me parece bien, ya que con ello se salvaguarda el derecho de la mujer ante posibles desafueros de su cónyuge... Pero, sin embargo, el marido puede vender bienes de mucho más valor sin el menor consentimiento ni noticia a su esposa; por ejemplo, acciones, bonos u otros títulos por medio de una transacción mercantil de las que da fe simplemente el agente de cambio y bolsa, quien no requiere la presencia física ni consentimiento de la mujer del vendedor. Ahí dejo eso para que nuestras abogadas feministas peleen el tema... por ser, creo yo, de justicia.-
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