_
_
_
_

La Audiencia permite al juez de los GAL investigar fondos reservados de Interior

La Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional respaldó ayer la actuación del juez Baltasar Garzón sobre la investigación de los fondos reservados del Ministerio del Interior en relación con la financiación de los GAL. El tribunal entiende "suficientemente justificada" la iniciativa del magistrado para investigar la posible desviación de esos fondos, y ha delegado toda la indagación a este instructor, que deberá elevar a la sala una propuesta razonada de datos para que el tribunal lo solicite al ministro del Interior. El tribunal denegó el procesamiento de los superiores jerárquicos de Amedo, y lo ratificó para dicho policía y el inspector Michel Domínguez, ante el recurso de súplica presentado por su defensa.

Más información
Hombres ligados a la lucha antiterrorista

Sobre la información publicada ayer en el sentido de que Interior dispone de una contabilidad pormenorizada de los fondos reservados, incluidos los justificantes de los gastos de Amedo, Fernando Salas, abogado que representa la acusación popular, afirmó: "Ha causado estupor a la acusación y en el juzgado que a estas alturas se sepa que esos fondos están perfectamente documentados y archivados cuando los responsables de este departamento en varias ocasiones, han negado esos datos argumentando la ausencia de constancias documentales".La acusación solicitará al juez una rigurosa investigación sobre el caso y una nueva declaración de los altos cargos de Interior, dado que podrían haber cometido un delito de flalsedad. En base a dicha información, la acusación popular llamará también a declarar a Luis Bernardo de Quirós, cuñado de Rafael Vera, y al policía. Juan Antonio Mínguez Álvarez, ambos encargados de la distribución y contabilidad de dichos fondos. La Audiencia Nacional acordó tam bién no deducir testimonio de las declaraciones del ex ministro del Interior José Barrionuevo y del director de la Policía José María Rodríguez Colorado al negarse a facilitar datos sobre los fondos reservados, actuación que podría ser considerada constitutiva de un delito de falta de cooperación y obstrucción a la Administración de Justicia.

Sin embargo, la Sala ha respaldado la actuación del juez Garzón en la investigación de las fuentes de financiación de los GAL y los fondos reservados de Interior. Afirma en su auto que estima "suficientemente justificada la iniciativa del juez instructor, hasta el momento flustrada, de inquirir datos respecto a cuantificación, diversificación funcional y otras circunstancias significativas de las percepciones de los fondos reservados por parte de los flincionarios policiales procesados". El tribunal, que comisiona al juez con plenitud de jurisdicción para que prosiga la investigación, acuerda también que si "considera necesaria la aportación de dato o datos relativo a percepción de fondos reservados por parte de los funcionarios policiales procesados, el instructor deberá elevar a este tribunal una propuesta razonada al efecto, con indicación de la necesidad de la aportación y datos a inquirir, para que, previa audiencia de las partes, la Sala concrete y redacte la exposición a mandar al ministro del Interior, como integrante del Gobierno, o a éste por conducto del presidente del Tribunal Supremo". En los fundamentos jurídicos la Sala precisa que dicha investigación debe llevarse a cabo de manera que "no afecte a los medios y procedimientos operativos específicos de los servicios de información, verdadera materia clasificada por acuerdo del Consejo de Ministros en su reunión de 28 de noviembre de 1986".

El tribunal denegó, por el momento, el procesamiento solicitado por las acusaciones popular y particular del ex director de la Policía Rafael del Río Sendino y los comisarios Julio Hierro Moset, Antonio Rosino Blanco y Miguel Planchuelo Herresánchez, todos ellos superiores jerárquicos de Amedo.

La sala entiende que no se ha podido establecer hasta ahora quién entregó el dinero a Amedo y Domínguez para sus viajes a Portugal, "y señalar a una persona arbitrariamente, sería a base de presunciones, proscritas en el derecho penal, incluso en la fase instructoria".

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

El tribunal denegó también el procesamiento del empresario Víctor Navascués, absuelto anteriormente por la Audiencia Nacional, y desestimó la petición formulada por la acusación popular de que se declarara responsable civil subsidiario al Estado.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_