Armada solo podrá aspirar a la libertad al cumplir media condena
La Sala de Vacaciones del Tribunal Supremo ratificó ayer la denegación de libertad condicional al ex general Alfonso Armada, condenado a más de 26 años de rárcel por el intento de golpe de Estado del 23 de febrero de 1981. En el auto dictado por el Supremo se declara la "absoluta regularidad" del internamiento de Armada en una prisión militar, que conlleva la aplicación del reglamento penitenciario mi litar, en el que no se prevé la concesión de libertad condicio nal a los reclusos que sufran una enfermedad grave con padecimientos incurables" como en el reglamento penitenciario común. El Supremo considera que Armada podrá acogerse a las normas civiles cuando haya cumplido la mitad de su condena, en 1994.Este reglamento penitenciario común especifica que un recluso podrá solicitar la libertad condicional por razones humanitarias sólo desde el momento en que esté en la tercera fase del cumplimiento de su condena, esto es, al rebasar la mitad del período.
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