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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Reforma de la bolsa

LA LEY de Reforma del Mercado de Valores, que finaliza estos días su andadura en el Senado, significa un importante paso adelante en la puesta al día del sistema financiero español, a pesar de que su tramitación ha suscitado la defensa a ultranza de intereses que poco o nada tienen que ver con la organización de un moderno mercado de valores.Uno de los aspectos más novedosos de la ley se refiere a los operadores en el mercado, que en adelante serán sociedades o agencias: las primeras podrán actuar por cuenta propia o ajena, mientras que las segundas sólo podrán hacerlo por cuenta ajena. Ello supone la desaparición, a término, de los agentes individuales de cambio y bolsa como intermediarios exclusivos del mercado: en adelante, para ejercer su actividad tendrán que integrarse en sociedades o agencias. Éste ha sido uno de los aspectos que más problemas han planteado: la ley había previsto originalmente que nadie podría tener una participación mayoritaria en estas sociedades; sin embargo, una enmienda presentada en el Senado admite esa posibilidad previa autorización administrativa. Los agentes se han opuesto agitando el fantasma del control de las sociedades por la banca, lo cual no ha impedido a algunos de ellos adquirir pequeños bancos para completar la gama de servicios que proponen a sus clientelas.

Los agentes han aducido repetidamente el argumento de que su desaparición desprotegerá al pequeño inversionista. Se trata de un argumento que no tiene base alguna: la coincidencia en las mismas personas de la calidad de controlador y controlado ha permitido situaciones que en otras bolsas no se habrían tolerado. Por otra parte, la utilización abusiva de información reservada ha sido una práctica que hasta la nueva ley no se ha tipificado como delito, a pesar de que se trata de la forma más clara y evidente de perjudicar al pequeño inversor.

Otro aspecto importante es la creación de una Comisión Nacional del Mercado de Valores, que tendrá por misión fundamental la supervisión e inspección de las bolsas, así como la protección de los inversores. Las atribuciones de este órgano son muy amplias, y de su actuación dependerá en buena medida el éxito de la reforma. Las competencias de la comisión han sido cuestionadas por los agentes, que las consideran excesivas, al tiempo que rechazan su exclusión de la misma. La amplitud del cometido de la Comisión Nacional de Valores plantea el problema de los medios que serán puestos a su disposición para llevar a cabo su tarea, y también el de su composición, que ha sido criticada por conceder un peso excesivo a los representantes de la Administración. En el informe de la Comisión para el Estudio del Mercado de Valores de 1978 solamente se recomendaba la asistencia de un representante del Ministerio de Economía a las deliberaciones de la comisión. Sin embargo, en la redacción final se ha preferido dar entrada en la comisión a representantes cualificados de la Administración que tienen competencias directamente relacionadas con el mercado de valores, pero que estarán en minoría frente al resto de los componentes. Por su parte, los agentes estarán representados en una comisión consultiva que tendrá que informar preceptivamente las disposiciones de la comisión nacional.

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Las ventajas del sistema previsto en relación con el actual son evidentes: el grado de autonomía de la Comisión Nacional del Mercado de Valores frente al poder político y a los operadores en el mercado parece, en principio, razonable. El que así sea en la práctica dependerá en parte de la personalidad de los miembros de la propia comisión. En conjunto, se trata de una ley cuya necesidad era evidente, y la principal crítica que puede hacerse es que haya tardado tanto en redactarse.

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