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La Comunidad Europea aprueba la plena liberalización de los movimientos de capitales a partir de 1990

IGNACIO CEMBRERO ENVIADO ESPECIALLa total liberalización de los movimientos de capitales en los doce quedó ayer aprobada a última hora de la tarde por los titulares de Economía de la Comunidad Europea (CE), reunidos en la capital del Gran Ducado, pero en España sólo entrará en vigor a finales de 1992. "La evasión de capitales dejará entonces de existir" afirmó el ministro español Carlos Solchaga.

La directiva adoptada prevé que todos los ciudadanos de los Estados miembros podrán abrir cuentas corrientes en divisas comunitarias u obtener créditos en bancos de cualquier país de la CE a partir de 1990 pero junto con España, Irlanda, Grecia y Portugal logran mayores periodos de adaptación que en los dos últimos casos pueden prolongarse hasta 1995. Los españoles deberán, como los demás ciudadanos comunitarios, señalar sus haberes en el extranjero en su declaración de la renta.El texto aprobado incluye también una claúsula de salvaguardia de la que podrán echar mano los países con problemas de balanza de pagos pero sólo después de haber informado a la Comisión Europea y en ningún caso por un periodo superior a seis meses. Antes de enero de 1992 el órgano ejecutivo comunitario elaborará un informe sobre la conveniencia de prorrogar esa disposición pero sus conclusiones no se aplicarán a los países que, como España, no hayan liberalizado los flujos de capitales.

"Creo que en España dispondremos del tiempo suficiente", comentó el ministro español, "para adaptarnos; mientras vigilaremos la evolución de nuestros mercados de cambio". "Soy partidario", prosiguió, "de que si no surgen problemas de balanza de pagos podamos introducir algunas de las modificaciones de la directiva antes de la fecha límite".

Armonización fiscal

El principal escollo que prolongó el debate eran las reticencias del ministro francés, Pierre Bérégovoy, respaldado por sus colegas de Italia y Dinamarca, en aceptar la directiva si previamente los doce no se comprometían a armonizar la fiscalidad a la que están sometidos los ahorros para evitar así una eventual evasión de capitales de países como Francia, donde están bastante gravados, a otros como el Reino Unido, donde lo están mucho menos.

Bérégovoy obtuvo satisfacción porque sus colegas acordaron modificar un artículo del texto aprobado para obligar a la Comisión Europea a formular propuestas que atenúen las disparidades fiscales antes de finales de año y al Consejo de Ministros a tomar decisiones al respecto antes de mediados de 1989. Solchaga resaltó que le correspondería a la presidencia española de la CE alcanzar un compromiso sobre los impuestos que gravan los capitales.

Además de esa modificación los doce suscribieron una declaración en la que señalan que esas medidas fiscales deberían consistir en un acercamiento de los tipos de imposición de las sociedades en los Estados miembros, de un régimen armonizado de retención en la fuente de los intereses y dividendos y de un fortalecimiento de la cooperación entre las administraciones fiscales nacionales.

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