Suñol discrepa de los dictámenes jurídicos
CARLOS GÓMEZRafael Suñol presidente del Banco de Crédito Industrial (BCI), entidad pública, ha asegurado que su cargo es compatible con la pertenencia al consejo de administración de la empresa privada Fuerzas Eléctricas de Cataluña, SA (FECSA).
El presidente del BCI sale así al paso de un dictamen jurídico de la propia Administración, cuyos argumentos fueron recogidos ayer en un información publicada por EL PAÍS, y en cuya conclusión se dice textualmente: "los presidentes de empresas públicas con participación mayoritaria, directa o indirecta del Estado, son incompatibles con las funciones de los miembros de consejos de administración de empresas privadas de cualquier tipo".
Rafael Suñol, que consultó la compatibilidad de los cargos citados con el abogado del Estado de su banco, cree que su caso se encuentra entre las excepciones previstas en el artículo 62 de la ley de incompatibilidades ya que actúa de consejero de FECSA en representación del 4,5% de las acciones del BCI en dicha empresa (este hecho figuraba también recogido en la información publicada por este diario). Suflol añade, además, que no percibe remuneración alguna como consejero de FECSA.
Nieves Rodríguez, consejera delegada de la Caja Postal y miembro del consejo de administración de Telefónica, men' cionada en la información publicada ayer,está en una situación idéntica a la de Rafael Suñol (la Caja Postal es accionista de Telefónica).
Un caso diferente es el de Paulina Beato, presidenta de la sociedad anónima estatal Red Eléctrica de España (REDESA) y consejera de Banesto. Beato aseguró ayer que el pasado día 15 de abril envió al Ministerio para las Administraciones Públicas la notificación de su nombramiento en Bahesto por si incurría en alguno de los supuestos previstos por la Ley de incompatibilidades. El Ministerio no le ha contestado, si bien todavía no ha concluido el plazo de que dispone para hacerlo. También confirmó su renuncia, recogida en la información publicada ayer, a los emolumentos que pudieran corresponderle en Banesto. Y aseguró que había consultado al Instituto Nacional. de Industria sobre la compatibilidad de ambos cargos y que no había recibido objeción alguna.
El artículo 6º de, la ley de 26 de diciembre de 1983, al que sin duda se refiere Suñol, establece excepciones a la incompatibilidad de los altos cargos. En su apartado b, en concreto, establece la posibilidad de representar a la Administración en "empresas con capital público".
El dictamen jurídico de la Administración, que ha sido remitido a distintas instancias del Estado y que obra también en poder del Instituto de Crédito Oficial (ICO), entidad de la que depende el BCI, concluye sin embargo, tras analizar de forma pormenorizada el articulado de la citada ley y de la Orden Ministerial de 16 de marzo del 84 (véase EL PAÍS de ayer), que los cargos de presidentes de empresa públicas son incompatibles con la pertenencia a consejos de administración de empresas privadas.
El citado artículo 6, por otra parte y al margen del caso específico de los presidentes y consejeros delegados de empresas públicas, permite mejorar las percepciones económicas de los altos cargos de los distintos ministerios mediante el desempeño de hasta dos consejos de administración en empresas públicas.
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