'Begin the begin...' en la plaza de Castilla
La discusión sobre la plaza de Castilla va camino de desenfocarse por completo. El tramo recorrido quizá no sea reversible. Suculento es el anecdotario que ofrece todo gran negocio inmobiliario; apabullante, la facilidad de ciertos intereses y siglas en convertirse en noticia en el ambiente reinante. Mi postura puede resultar ingenua; el problema real es otro: decidir el modo mejor de resolver urbanísticamente ahora los problemas que confluyen en esta pequeña, pero significativa porción del espacio urbano madrileño. Enderezar, en definitiva, las torpezas y desatinos acumulados en este enclave.Nunca resuelta, la ordenación urbanística de este lugar se afrontó de nuevo en el Plan General de 1985, ahora vigente, en cuya elaboración -plaza de Castilla incluida- me cabe el honor de haber sido destacado protagonista.
Cualquier solución resultaba compleja: había de ser necesariamente un compromiso entre el pasado y el futuro. El lugar, ya englobado plenamente en el casco de Madrid, contenía una larga historia urbanística cargada de desaciertos. Un pasado que se ha hecho realidad en una Castellana, expresión del Madrid moderno, que más arriba de los Nuevos Ministerios está bordeada de edificios de altura que han surgido a partir de la elevada edificabilidad reconocida y estimulada por planes y normas urbanísticas anteriores. Pasado que encerraba, pues -y no sólo aquí-, decisiones administrativas de cuya firmeza y efectos el Plan General no podía hacer caso omiso. Prueba de ello es que en más de la mitad de las áreas del suelo urbano con terrenos todavía libres, el plan reconoció casi totalmente los derechos de planeamiento anterior, creando un régimen especial para ellos: las denominadas áreas de planeamiento diferenciado (APD).
Una vía de acuerdo
Pues bien, a los terrenos de la plaza de Castilla ahora objeto de polémica no se les dio esa consideración. La propiedad argumentó sus pretensiones de reconocimiento de derechos no sólo sobre Ha validez y el alcance de las normas urbanísticas, sino sobre la improcedencia de erosionar, a posteriori, el importe de una deuda satisfecha en especie mediante acuerdo con la Administración y sobre el hecho de haber estado a punto de conseguir coetáneamente la licencia de construcción para parte de sus terrenos. Frente a ello, el Ayuntamiento buscó -como en tantos otros sitios- una vía de acuerdo en la que pudieran conciliarse esos intereses privados con contrapartidas en beneficio de esa zona particular y de la ciudad en general. Resultado de ello fue el convenio suscrito en 1984, trasladado después a las determinaciones del Plan General.
Esas contrapartidas eran significativas. Prueba quizá de su entidades que sean hoy las que, al parecer, se pretenden obviar. La construcción en los terrenos de un intercambiador de transporte público, objetivo esencial en este enclave, junto con la remodelación de la hoy mal llamada plaza y punto nodal del tráfico... y, además, la exigencia de una cesión gratuita para el Ayuntamiento del equivalente al 15% del valor conjunto del suelo -que hoy no puede estimarse en menos de 4.000 millones-, destinables a la adquisición de suelo para equipamientos y zonas verdes. Todo ello, reconociendo una edificabilidad elevada (los famosos 125.000 metros cuadrados, incluida la superficie del intercambiador), sensiblemente menor, sin embargo, a la reclamada por la propiedad, que siempre insistió en los 486.000 metros cúbicos (equivalente a unos 162.000 metros cuadrados) en que llegó a cifrarse en su día el pago que la Administración reconoció a la propiedad en una remota permuta de terrenos.
Aunque no necesariamente esa edificabilidad propicia soluciones en altura. Sin prejuicios tópicos ni maniqueos, esa elevada edificabilidad no tiene por qué implicar resultados negativos. Adefesios los hay, y muchos, bajos y altos. Éstos se notan más, y la plaza de Castilla ofrece un muestrario de ello. La torre, sin embargo, no cualquier torre, puede ser bellísima. Ejemplos, sin duda, hay, como la del Banco de Bilbao en Azca. La fórmula en altura no vale indiscriminadamente, y así se negó en el plan. No vale como norma, pero puede ser la solución en casos singulares como éste.
Concurso público
Pero habiendo llegado a ese compromiso, el plan introdujo una condición adicional y única en Madrid. La solución concreta y conjunta de la plaza no podía establecerse desde el Plan General. Había que fijar las condiciones, encomendando aquélla a una operación conjunta y simultánea de ordenación y proyecto arquitectónico de los que, en último término, tal solución depende en un caso como éste. Así se hizo, obligando a convocar un concurso público. La iniciativa privada tenía que considerar las exigencias de la ciudad, y la opinión pública tenía que valorar las alternativas posibles. La polémica que hoy se suscita, tardía y confusamente, constituía un objetivo del Plan General. Se obvió en la convocatoria del concurso y por dos veces se declaró desierto. Minusvalorar lo excepcional de este singular procedimiento o trivializar burocráticamente esa convocatoria equivale a no haber querido atender lo que dice sobre este lugar de la ciudad.
Anulado el concurso, no producido el debate, éste surge hoy ante un ramplón y mezquino estudio de detalle elaborado por la empresa, que obvia, e incluso tergiversa -con esa burla de intercambiador alejado de todo punto de intercambio-, los compromisos contraídos. Precisamente lo que se pretendía impedir desde el Plan General, y con la sorprendente aceptación de los responsables municipales del urbanismo madrileño, que no dudaron en desechar las propuestas presentadas al concurso aduciendo su insuficiente calidad.
A partir de lo que el Plan General establece, son posibles soluciones buenas y malas. No es difícil demostrar que la del actual estudio de detalle -presentada, sin embargo, como única posible por el concejal Espelosín- pertenece a las últimas. No estaría de más que el jurado que desechó las anteriores se pronunciase ahora públicamente sobre ésta.
De aquí podría arrancar el debate, relegando a las páginas económicas otros aspectos que pueda pensarse que concurren en el caso, o incluso, si alguien encuentra materia para ello, a las páginas de sucesos.
Todavía se está a tiempo. Con la polémica suscitada, las condiciones se han creado ahora para convocar de nuevo un concurso. Denle la importancia que merece, estimulen las ideas: la plaza de Castilla todavía tiene solución. Si tras esa prueba -de hecho, la primera en condiciones- la opinión sigue reclamando una modificación del Plan General y una costosa expropiación, procédase entonces a ésta, pero no sin antes haber puesto la imaginación y la creatividad al servicio de la ciudad, en un último y quizá ingenuo intento de arrinconar a los pillos.
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