Una concubina
Contesto al señor Borrell, secretario de Estado de Hacienda, y a todos aquellos que consideran un agravio comparativo y una injusticia el hecho de que las declaraciones sobre la renta resulten más gravosas para los matrimonios que para las parejas no institucionalizadas o concubinatos.En siete años de convivencia libre, en la que uno de los miembros de la pareja carecía de trabajo, no hemos tenido derecho a la desgravación por cónyuge; no existe el derecho a cobrar la pensión en caso de fallecimiento, y en cambio se pierde la del cónyuge fallecido si el viudo/a, decide convivir con otra persona; hasta hace muy poco no había derecho a la Seguridad Social para el conviviente sin trabajo; tener las propiedades del otro en caso de fallecimiento sería perderlas en Hacienda (no hay parentesco alguno, claro); además, el propietario de un piso alquilado no puede solicitarlo en caso de que un hijo vaya a convivir con su pareja; no se pueden obtener créditos para pisos o ciertas ayudas oficiales si no es por boda; no se accede a los descuentos por familia; como funcionaria que soy, no puedo aprovechar los beneficios de acción social para mí y mi concubino (viajes, alquiler de apartamentos, etcétera) que la Administración pública otorga a sus trabajadores, por no estar casada. Éstos no son más que unos cuantos ejemplos de agravios.
Algunos otros beneficios reconocidos a los matrimonios sólo se consiguen a través de penosos procedimientos judiciales. Por todo ello, lo que quiero señalar es que estoy totalmente de acuerdo en igualar las situaciones y suprimir la injusticia que existe actualmente.- María José Ortiz.
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