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Un juzgado de Marbella anula la paralización de las obras de Gil

El Juzgado de Instrucción número 3 de Marbella ha anulado la paralización de obras que el Ayuntamiento de Marbella cursó a Vegángeles, SA, la empresa con la que opera en Marbella Jesús Gil, por construir un edificio sin licencia de obras. Se trata de una promoción, situada en la zona de Molino de Viento, junio a la playa, que el Ayuntamiento considera ilegal y que pretende demoler parcialmente, según acuerdo unánime de la comisión de urbanismo.El auto, que tiene fecha del pasado jueves, señala que el 17 de noviembre se incoaron las diligencias por un posible delito de desobediencia, a partir de un oficio del Ayuntamiento, en el que se comunicaba que las obras en el edificio Los Cipreses del Mar no habían sido paralizadas, después de dos requerimientos en octubre y noviembre de 1987.

Vegángeles recurrió contra la paralización haciendo constar la "desolación" que le había producido no encontrar en la providencia ningún fundamento legal, solicitando su anulación y el archivo de las actuaciones.

La juez titular, María del Pilar Ramírez, establece en sus razonamientos jurídicos la existencia de "una licencia de obras concedida por el Ayuntamiento, generadora a su favor de unos ingresos superiores a los veinte millones de pesetas, y que es claro ampara la ejecución del proyecto aprobado". Tras señalar que no se entra a delimitar si esa licencia ampara o no las obras que se ejecutan, afirma que el escrito municipal de paralización es oscuro y confuso, que utiliza "términos ambiguos y genéricos", y que conduce "a no saber hasta ahora cuáles son las obras que su prosecución constituyen la desobediencia".

El auto concluye afirmando que "no es razonable, lógico, ni justo, que quien ha obtenido una licencia de obras de tal envergadura se suspenda por el juzgado, a priori como medida cautelar, la prosecución de ellas, con la duda de si están o no amparadas por la licencia y comprendidas en el proyecto aprobado". Esta decisión implica la anulación de la paralización municipal. Por otra parte, el juzgado consideró que no había lugar al archivo de las actuaciones.

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