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La Audiencia de Cáceres deniega la recusación por la Junta de tres magistrados

El pleno de la Audiencia Territorial de Cáceres ha denegado la recusación "por enemistad manifiesta" presentada por la Junta de Extremadura contra los tres magistrados de la Sala de lo Contencioso Administativo que intervenían en el caso de la finca Valero, propiedad de Rocío Falcó y Fernández de Córdoba condesa de Berandevilla y expropiada por la Junta en 1986 La Audiencia condena al Gobierno regional al pago de las costas del juicio y a una multa de 50.000 pesetas "al declararse expresamente la mala fe del recusante".Ésta es una de las tres recusaciones que por el mismo motivo presentó la Junta de Extremadura contra el presidente de la Sala de lo Contencioso Administrativo, José María Crespo, y contra los magistrados de la misma sala, José Manuel Pérez Clemente y Ezequiel de Pablos Abril. Se da la circunstancia de que este último, magistrado suplente, había sido "incluso felicitado", según dice la sentencia, "por su labor propia por el presidente de la Junta de Extremadura con ocasión de su jubilación como funcionario de la Administración en febrero de 1986".

"La recusación", según dijo el abogado del Gobierno regional, José María Mohedano, en el momento de su presentación, estaba fundada "en que hay motivos de recelo o de sospecha hacia la imparcialidad o neutralidad de la sala en este asunto, y entonces pueden abstenerse".

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