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El Supremo confirma la condena de ocho años para el ex diputado José Luis Torner

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de ocho años y cuatro meses de cárcel impuesta al diputado de la comunidad autónoma de Madrid José Luis Torner, por tráfico de drogas y contrabando. Torner fue condenado el 13 de junio de 1987 por el pleno de la Audiencia Territorial de Madrid, en funciones de Tribunal Superior de Justicia de la comunidad madrileña, a los ocho años de cárcel y además a la suspensión del cargo público durante el tiempo de la condena y a multas que superan los cinco millones de pesetas.Torner había presentado recurso contra la condena por estimar que se había vulnerado el principio de presunción de inocencia, ya que no se había demostrado su culpabilidad. Además consideraba que no existían datos para suponer que la cocaína que le fue ocupada se orientaba al tráfico; y que la droga intervenida no era dé "notoria importancia", como estimó el tribunal.

La sentencia del Supremo, cuyo ponente ha sido el magistrado Ramón Montero, ha rechazado todas las pretensiones de Torner porque en la causa existen más que suficientes pruebas de cargo y el alto tribunal no puede realizar una nueva y distinta valoración de las mismas, según afirma. El Supremo precisa que cinco guardias escucharon al procesado Francisco Velasco en el momento de su detención que portaba una bolsa con doble fondo que contenía 286 gramos de cocaína por encargo de Torner. En el careo que Torner y Velasco mantuvieron en el juzgado, éste insistió en que realizaba el encargo para Torner, mientras que ésto lo negó y según el juez ambos mostraron igual firmeza. Además, Torner acudió a Barajas a esperar la llegada del avión en el que viajaba Velasco y no se limitó a aguardarle, sino que intentó acceder a la aduana con una tarjeta de identificación laboral que ya no era vigente.

El Supremo puntualiza que la versión de Torner para justificar su presencia en el aeropuerto es inverosímil, y ello, según el tribunal, se convierte en un nuevo indicio acumulable contra él. La sentencia agrega que la cuantía de la droga, 286 gramos de cocaína del 98% de pureza, es elocuente y confirma la gravedad del hecho.

Los hechos declarados probados señalan que el 23 de enero de 1987 Francisco Velasco viajó a Caracas y Bogotá para recoger una bolsa, con cocaína en su doble fondo, que tendría que entregar en Madrid a Torner.

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