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Tribuna
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Ofender a un juez

Insisto, no pasa una semana sin que el señor magistrado deje de dar la campanada. En verdad que si los demás funcionarios de¡ Estado o de la Administración civil desplegaran la misma capacidad de los jueces para hacer de¡ ejercicio de su profesión un espectáculo de masas, no quedaría en el periódico espacio para la mancheta. Ni la perestroika, ni la brutalidad israelí, ni el 312 Congreso del PSOE, ni la crisis del Barcelona, ni -apurando las cosas ,hasta el extremo- el titánico y solitario esfuerzo de Juan Goytisolo por destruir la novela tendrían sitio entre sus páginas. Un periódico exclusivamente dedicado a la crónica de los tribunales, he ahí el filón. Por lo que mirando el panorama desde el punto de vista del espectador desencantado de la televisión, o del resignado militante del partido comunista, o del votante de derechas, o del insaciable lector de la novela contemporánea, habrá que reconocer que solamente la magistratura acierta a mantener la alegría de este país, labor otrora encomendada a la guitarra.En esta ocasión ha sido don Guillermo Ruiz Polanco, titular del Juzgado de Instrucción número 1 de la Audiencia de Pamplona, el encargado de mover el badajo. Ya lo había hecho con eficaz resonancia el pasado mes de noviembre al ordenar la prisión incondicional de Cristina Almeida por un presunto delito de injurias, pero sin duda la tregua de la pascua judicial sólo ha servido para alimentar su afición, probablemente espoleada tamibién por cierta desgana de sus colegas a aparecer últimamente en público, por la reciente lenidad con que contemplan los numerosos desacatos del ciudadano español hacia el orden y el poder establecidos.

El señor Ruiz Polanco, acaso no del todo satisfecho de su actuación novembrina, ha decidido ir más allá: "Mañana mejor", se dijo durante el descanso pascual, como el viejo acróbata. Del simple mortal ha pasado al doble o al triple, qué más da.

Una vuelta más a la tuerca y ahora sin red. Ahora se ha permitido absolver a Cristina Almeida del mismo presunto delito de injurias, no porque no exista tal delito (eso es lo que se desprende de la sentencia), sino porque Cristina Almeida no es quién para cometerlo. No puede ofender a un juez. Así de simple. "No ofende quien quiere, sino quien puede", dice el señor Ruiz Polanco, para añadir a continuación una tautología digna de la mejor prosa judicial, "y mal puede ofender quien, por lo dicho, no puede, y que, por otra parte, es tanto más censurable cuando ostenta la calidad de abogado en ejercicio". Cristina Almeida no puede ofender, pero el señor Ruiz Polanco sí, y muy descaradamente, al menos al idioma castellano y a las más elementales reglas de la sindéresis. Naturalmente, el idioma castellano no es ofendible, o si lo es, no exige a cambio de la ofensa alguna acción reparadora (ahí está Goytisolo en su espléndido aislamiento), estando entendido que la ofensa recae sobre quien ofende, como quien escupe al cielo.

¿Cómo, se pregunta el ciudadano, puede un hombre quitar a otro la capacidad de ofender, por muy juez que sea? ¿Qué habrá hecho Cristina Almeida para merecer semejante trato de favor? Será, por ese "por lo dicho" con que el señor Ruiz Polanco, a fin de dictar una sentencia absolutoria, se permite despojar a Cristina Almeida de una potestad de la que goza desde que tiene uso de razón (pues sólo los niños, los locos y los eclesiásticos no pueden ofender, decía Cervantes) y que, si no estamos todos locos, podrá ejercer donde y cuando le plazca, a sabiendas de las consecuencias que podrán acarrearle sus posibles injurias. Llevado de esa manera de pensar, el señor Ruiz Polanco podrá un día dictar que el acusado no tiene capacidad para robar, estafar, malherir, engañar al fisco o delinquir en general, y así el delito podrá dejar de existir por la impotencia del presunto delincuente para delinquir. Pero no hay que llevar las cosas a la exageración para asombrarse de esta curiosa, paradójica, incomprensible y extravagante sentencia que trastoca todo el orden moral del derecho en cuanto niega a la persona en uso de sus facultades racionales la soberanía de sus actos y la responsabilidad de sus palabras; que afecta -no al delito, sino a la potestad de delinquir- con un coeficiente reductor, independiente del acto juzgado; que desdice la igualdad de los hombres ante la ley, pues, según la sentencia, la posible conducta racional de un individuo puede garantizarle su inmunidad; que, en fin, destruye el hasta ahora inconcuso orden que se inicia en la persona, se sigue en el acto y, si éste es punible, se cierra con el castigo, pues las razones que abonan la sentencia absolutoria inducen a pensar que es anterior al acto.

Así pues, o mucho me equivoco o Cristiana Almeida queda desposeída para siempre de la potestad de ofender a un juez (así como a su pueblo y a su Rey, según la sentencia), a menos que solicite de la justicia la revocación de la sentencia o la anulación de los motivos que la informan, para poder seguir ofendiendo; de no ser así, si a ello se aviniere, podría a partir de ahora liarse la manta a la cabeza y ejercer una nueva profesión, tal vez no muy remunerativa, pero sin duda apasionante: dedicarse a ofender jueces a diestro y a siniestro, a conciencia de que no le pueden tocar un pelo.

Si yo estuviera en el caso de Cristina Almeida no sabría decir qué sentimientos dominarían mi ánimo tras conocer la sentencia dictada por el señor Ruiz Polanco, titular del Juzgado de Instrucción número 1 de la Audiencia de Pamplona: si la inmitigable amargura por haber perdido la facultad de ofender o la sensación de alivio, acompañada de la satisfacción que procura toda situación de privilegio, que debe embargar a quien ha sido declarado persona inofensiva. Dependería, a no dudar, del género de vida que a continuación me decidiera a llevar: el matón, el agente provocador, el aguafiestas y el exhibicionista verían con tanto agrado la protección conferida con tal sentencia que podrían ejercer sus diversos cometidos y aficiones con mucha menos reserva; el adalid de la justicia y el incansable defensor de los derechos civiles verían tan mermadas sus facultades con semejante amputación que se verían obligados a reconsiderar sus actividades y posiblemente se tendrían que decidir por cambiar de rumbo y preparar oposiciones al ingreso en la carrera judicial. Pues, de seguirse la línea sugerida por la sentencia del señor Ruiz Polanco, a partir de ahora sólo los jueces podrán ofender.

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