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Una madre soltera, condenada a dos años por estrangular a sus dos hijas recién nacidas

La Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a dos años de prisión a M. L. S. P, de 20 años de edad y soltera, por haber estrangulado a sus dos hijas gemelas instantes después del parto. El tribunal estima que la inculpada cometió dos delitos de infanticidio, y que llevó a cabo la acción "para ocultar su deshonra". Los hechos se produjeron en la localidad alicantina de Novelda el día 28 de diciembre de 1985.

La joven mantuvo el embarazo en "el más absoluto secreto", según el tribunal, e incluso su novio desconocía esta circunstancia. La sentencia señala: "Notó que había roto aguas y se acostó en la cama después de decir a sus familiares que no la molestaran por sentirse indispuesta, disponiéndose a afrontar completamente sola el parto inminente, que se presentó al poco rato en condiciones normales. Nació primero una niña y seguidamente otra".La joven cortó con unas tijeras el cordón umbilical de ambas y las envolvió en una toalla, "con pleno conocimiento de que habían nacido con vida". "Con el propósito de evitar la general repulsa entre sus allegados y vecinos, tratando de preservar la honra y el buen nombre", continúa la sentencia, "procedió a unir ambas criaturas espalda con espalda pasándoles una cinta del pelo por el cuello, apretando intensamente hasta lograr de esta forma la asfixia".

El Código penal español, en su artículo 410, condena de seis meses y un día a seis años de prisión a "la madre que para ocultar su deshonra matare al recién nacido". La misma pena se prevé para "los abuelos maternos que, para ocultar la deshonra de la madre, cometieren este delito".

Transtorno mental

Isidoro Verdú, defensor de M. L. S. P., dijo ayer a este periódico que estudia recurrir la sentencia. Según Verdú, debió aplicarse la eximente de trastorno mental transitorio, ya que un médico forense avaló esta posibilidad durante la vista oral. Este letrado intentará que su cliente no llegue a entrar en la cárcel, "que es una escuela de delincuencia".Durantela vista oral, el ministerio fiscal solicitó dos penas de dos años de prisión cada una, mientras que el defensor reclamó la absolución. Según un dictamen psiquiátrico, la joven posee "una personalidad inestable e inmadura, con rasgos depresivos y fundamentalmente neuróticos y de inmadurez personal".

No obstante, el tribunal ha considerado que esto no equivale a una psicosis que pueda afectar al nivel de conciencia. Los magistrados sí estiman que la joven se vio afectada "por la excitación que va unida al alumbramiento, sin tiempo para haber recuperado la reflexión y libertad necesarias para decidir en conciencia".

Para el penalista Francisco Muñoz Conde, "una regulación liberalizadora del aborto y una buena planificación familiar dejarían prácticamente obsoleto" el infanticidio.

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