Eugenio Peydró, dueño de Sofico, condenado a nueve años de cárcel por estafa y falsedad
El ex presidente y accionista único de Sofico, Eugenio Peydró Salmerón, de 81 años, ha sido condenado a nueve años de prisión como responsable del escándalo financiero e inmobiliario que conmovió España en 1974. Peydró ha sido considerado autor de un delito continuado de falsedad y otro de estafa, agravada ésta por el elevado valor del fraude y por afectar a múltiples perjudicados. Su hijo, Eugenio Peydró Brillas, de 44, consejero delegado del holding inmobiliario, ha sido condenado a dos años y cuatro meses de cárcel, en concepto de cómplice de los mismos delitos, ya que, según el tribunal, en el caso de que no hubiera prestado su ayuda, los hechos delictivos se hubieran cometido igualmente.
Ninguno de los procesados ingresará en prisión, ya que el abogado de Peydró Salmerón ha anunciado su intención de presentar recurso de casación contra la sentencia, lo que demorará el proceso al menos un año más, y además, al padre y al hijo les son de aplicación dos indultos decretados en 1975 y 1977, por lo que la pena se les vería reducida notablemente. Hay que tener en cuenta también, que Peydró Salmerón tiene 81 años y una muy precaria salud y que permaneció algo más de un año en la cárcel en 1976, y su hijo, seis meses.El tribunal ha condenado también a los dos acusados al pago de unos 5.000 millones de pesetas de indemnizaciones repartidos entre 3.200 perjudicados; pero éstos no las cobrarán, ya que los Peydró han sido declarados solventes parciales por una cantidad de 22,5 millones de pesetas.
Insolvencia
La sentencia, que consta de 212 folios, precisa que la insolvencia definitiva de Sofico, acreditada en las suspensiones de pago de Sofico Inversiones, Sofico Renta, Sofico Vacaciones y Sofico Servicios Turísticos, ascendió a 8.182.555.731 pesetas.El tribunal señala que ha logrado la convicción psicológica de la culpabilidad de los acusados, tras evaluar las abundantes pruebas, y califica las actuaciones de Peydró para realizar el engaño como "ardides y falacias".
En los hechos declarados probados, la sentencia señala que Peydró Salmerón es una "persona inteligente por naturaleza, trabajador en grado sumo, muy perspicaz y gran emprendedor, pues de la nada llegó a tener un patrimonio respetable". Decidido a entrar en el negocio inmobiliario para aumentar su fortuna, entre 1962 y 1969 fue creando hasta nueve sociedades que configuraron el holding del caballito de mar.
Relieve político y social
Peydró se valió de personalidades de relieve político y social para integrar los consejos de administración de las empresas, cuyo procesamiento no fue autorizado por el Tribunal Supremo, "al quedar constatado sin lugar a dudas que la dirección y decisiones ejecutivas de todas las actividades financieras de Sofico las tomaba personal y exclusivamente Peydró Salmerón". Estos consejos, más nominales que efectivos, estaban integrados entre otros por varios generales y magistrados, algunos de ellos ya fallecidos."Pese a ser las sociedades indicadas independientes y dotadas de propia y autónoma personalidad jurídica", agrega la sentencia, "en realidad y de hecho, se llevaron de una forma directa y personal, y hasta dictatorialmente por el procesado Eugenio Peydró Salmerón como si se tratara de una única empresa".
En una primera etapa vendía los apartamentos después de construidos; pero como el negocio no rendía los beneficios calculados, intentó, para estimular las ventas, gestionar los apartamentos vendidos. De esta forma, por explotar los pisos Sofico Vacaciones pagaba a los propietarios una rentabilidad del 12%.
Como Sofico carecía de financiación, Peydró cambió de forma de operar y creó una vasta red de vendedores, calificada en la sentencia como "costosísima", debido al porcentaje que los agentes recibían por cada venta. Se empezó a vender sobre plano, pagando el 12% de interés sobre el precio del apartamento al comprador hasta acabar la obra, lo que era ruinoso. Esa situación desembocó en una huida hacia adelante y Sofico tuvo que comprar nuevos terrenos y vender los correspondientes apartamentos sin construir para pagar la rentabilidad del 12%, lo que agravó el proceso deficitario. Peydró, según la sentencia, conocía la situación a través de los partes de explotación y gastos, el informe negativo de costes y las advertencias que le hicieron altos empleados.
Obligado a buscar, nuevos ingresos, ideó la creación de filiales en el extranjero, lo que aumentó los gastos y el déficit, además de generar actuaciones irregulares al realizar trasvases de fondos y divisas sin contabilizar de unos países a otros, y figurando en los contratos cantidades inferiores a las pagadas por los compradores.
Paliar la crisis
En 1969, Peydró decidió paliar la crisis y creó Sofico Renta, para captar a los pequeños ahorradores. Emitió 127.000 títulos, por los que obtuvo 3.189 millones. La inviabilidad de Sofico Renta era total, pues el pago del 12% de rentabilidad suponía un desembolso anual de 380 millones, y la única fuente de ingresos era la suscripción de nuevas participaciones.Al rumorearse la crisis en 1974, Peydró ordenó diversas medidas para que los compradores y rentistas no se alarmaran, y Sofico siguió vendiendo apartamentos sabiendo que no los podría entregar nunca.
La sentencia puntualiza que la contabilidad de las empresas de Sofico era deficiente y confusa, debido al continuo trasvase de fondos de unas sociedades a otras, que al ser deficitarias y descapitalizadas, utilizaban las tesorerías de unas u otras, según las circunstancias. Peydró creó una caja central, con la cual ocultó pagos y de la que retiró en su beneficio casi 300 millones de pesetas.
El presidente hacía figurar como pagado por terrenos o edificios un precio superior al realmente pagado y así obtuvo más de 1.000 millones de pesetas.
Respecto a la intervención de Eugenio Peydró Brillas, la sentencia señala que entró a formar parte de Sofico cuando tenía 26 años, y que en momento alguno se opuso a la actividad desarrollada por su padre, y se ocupó de llevar la tesorería y dirección comercial, así como firmar recibos y pagos de la caja especial. Esos actos no era imprescindibles ni necesarios, según la sentencia, pero sí favorecedores del resultado perseguido por su padre.
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