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Policías superpuestas

El portavoz de Euskadiko Ezterra, Xabier Garmendia, trazó ayer durante su defensa de la proposición no de ley un sombrío panorama de lo que sería dentro de unos años el Euskadi policial si no se aplica el principio de sustitución de unos cuerpos por otro. Garmendia señaló que existen en la comunidad autónoma vasca 12.000 agentes de la Guardia Civil y del Cuerpo Nacional de Policía, más de 3.000 ertzainas, que serán entre 7.000 y 10.000 cuando haya terminado su despliege, y 4.000 policías municipales.Para una población de poco más de dos millones de habitantes, la consolidación de los contingentes de los tres cuer pos llevaría a un índice de más de 10 policías por 1.000 habitantes. Una tasa de saturación policial muy alejada de países avanzados de Europa, como la RFA, donde la proporción es de 3,11 policías por millar de habitantes, Francia (3,48) o Suecia (2,45).

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El despliegue progresivo de la Ertzaintza, sin reducción paralela de los efectivos de otros cuerpos, ha provocado ya una acumulación insólita de policías, que en muchos casos ejercen idénticas competencias. En municipios como Getxo (Vizcaya), coexisten el cuartelillo de la Guardia Civil, la comisaría del Cuerpo Nacional de Policía, la de la Policía Municipal y la de la Ertzaintza. En Álava se vive una situación particular, porque hay que sumar a la enumeración anterior una policía provincial, el cuerpo de millones.

La Ertzaintza cuenta en la actualidad con 3.200 hombres y mujeres. Dispone ya de seis comisarías en Guipúzcoa y cinco en Vizcaya, que cubren áreas rurales y poblaciones de mediana importancia, como Tolosa, Beasain, Getxo o Gernika. La academia de Arkaute (Álava) tiene capacidad para formar 600 agentes en cada promoción, en cursos de seis meses de duración.

El artículo 17 del Estatuto de Gernika establece que corresponde a las instituciones del País Vasco "el régimen de la policía autónoma para la protección de las personas y bienes y el mantenimiento del orden público dentro del territorio autónomo".

El mismo texto reserva "en todo caso a las fuerzas y cuerpos de Seguridad del Estado los servicios policiales de carácter extracomunitario y supracomunitario, como la vigilancia de puertos, aeropuertos, costas y fronteras, aduanas, control de entrada y salida en territorio nacional de españoles y extranjeros, régimen general de extranjería, extradición y expulsión, emigración e inmigración, pasaportes y documento nacional de identidad, armas y explosivos, resguardo fiscal del Estado, contrabando y fraude fiscal al Estado".

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