La verdadera dolencia
EL SUCESO protagonizado por Olimpia Borges Gomeicau, súbdita portuguesa de 25 años de edad, embarazada de siete meses, disparándose un tiro en el vientre es uno de aquellos ante los que ninguna persona medianamente sensible puede permanecer indiferente. Y que, dadas las circunstancias que lo han provocado y los valores puestos en juego, con su comisión plantea graves problemas, no sólo humanos, sino también de carácter legal.La joven, tras una violenta discusión con su compañero, cogió una pistola y se disparó un tiro en el vientre. Después de permanecer 15 días en un hospital reponiéndose de las lesiones que se había causado, y cuando parecía que las más profundas cotas de su drama habían sido superadas, es precisamente el momento en que ha comenzado su auténtico tormento.
A su salida del centro hospitalario, una pareja de policías la ha conducido a la prisión de Andorra, bajo la acusación de "aborto provocado". Seguramente lo más apropiado hubiera sido que en ese instante hubiera contado con el apoyo de un psicólogo o de un psiquiatra que le ayudara a superar su intento de suicidio 0, como poco, su deseo de autolesionarse. Su drama, aun suponiendo que hubiera incurrido en alguna responsabilidad penal con su acción, no es de los que se arreglan precisamente en una cárcel. Y llevándola con tanta precipitación a ese lugar, lo más probable es que su situación se agrave aún más.
De entrada se descarta que el hecho haya sido un intento de suicidio, lo cual no está penalizado, y la polémica que el caso ha levantado en medios jurídicos del principado se centra en determinar si los hechos deben ser calificados de "parricidio" o de "aborto". Todo ello resulta incomprensible para el común de los mortales, más aún cuando se conocen los detalles. En Andorra no existe un Código Penal propio, y hay que recurrir a la jurisprudencia y al derecho comparado de las legislaciones española y francesa. El juez encargado del caso considera que no puede hablarse de "parricidio" porque el feto no es una persona en ninguno de los dos países, pero estima que procede la calificación de aborto porque Olimpia ha interrumpido "voluntariarnente" su embarazo. El procedimiento fue, sin duda, inusual y más brusco que el de la aguja de tejer, pero perseguía el mismo fin. Si Olimpla hubiera querido atentar contra su propia vida, se argumenta, habría dirigido el cañón de la pistola contra otra parte más vital de su cuerpo. Una persona sensata pero poco versada en temas jurídicos diría que lajoven portuguesa puso fin a su embarazo, más que voluntariamente, "violentarnente", con grave riesgo para su propia vida, pero parece que ése es un argumento secundario y que lo importante es la intencionalidad. En el fondo, a la ley le daría lo mismo que se hubiera tirado de un segundo piso: si cayó sobre el vientre, y lo que ella quería no era matarse, sino abortar, puede haber cometido un delito.
No es la primera vez en la historia que el afán por proteger la vida de los "no nacidos" lleva a situaciones dificilmente comprensibles, pero sin duda ésta pasará a los anales. La única posibilidad que le queda ahora a la desafortunada Olimpla es que los jueces estimen que existió una enajenación mental transitoria.
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