La fiscal Victoria Iparraguirre, procesada por apropiación indebida
JOAN A. CAIMARI,La Audiencia Territorial de Bilbao ha confirmado el procesamiento de la fiscal María Victoria Iparraguirre Negrete, destinada actualmente en Palma de Mallorca, como presunta autora de un delito de apropiación indebida y otro de falsedad en documento mercantil, supuestamente cometidos cuando ejercía como juez sustituto en la localidad vizcaína de Balmaseda. La Audiencia de Bilbao desestimó los aspectos fundamentales del recurso de apelación presentados en noviembre del pasado año por la fiscal y por el segundo de los encausados, Germán García, su marido.
La resolución de la audiencia, que mantiene el procesamiento de la juez y levanta en cambio el de Germán García por considerar que al ser el marido de la denunciada no se le puede aplicar el delito de apropiación indebida, ha cambiado, sin embargo, las calificaciones de las acusaciones inicialmente formuladas contra la entonces juez.
El proceso contra María Victoria Iparraguirre se inició el mes de julio de 1984, al presentar la abogada bilbaína Angela Erce una demanda ante el Juzgado de Primera Instancia de Baracaldo por supuestas irregularidades. En ella se acusaba a la fiscal, que en aquellas fechas era juez sustituto, de haber cobrado, mediante falsificación de recibos, el arrendamiento de dos locales propiedad de la demandante situados en el centro de Bilbao. Según Ángela Erce, la cuantía total de los alquileres que supuestamente se apropió la juez tras falsificar su firma asciende a cinco millones de pesetas, pero sólo pudo reunir pruebas por un total inferior a los tres millones.
Responsabilidad penal
El caso fue posteriormente puesto en manos del Juzgado de Instrucción número 5 de Bilbao, por entender que había en él responsabilidades penales. El 15 de noviembre del pasado año, éste último dictó auto de procesamiento contra el que recurrió el matrimonio.
María Victoria Iparraguirre fue procesada en un principio por existencia de indicios racionales de presunta estafa y falsedad ele documento mercantíl, y la Audiencia Territorial ha rnantenido esta última calificación, si bien ha considerado que no existen indicios de estafa, sino de apropiación indebida.
Pese a ello, la fiscalía de Bilbao mantendrá su solicitud de prisión menor (entre seis años y un día y 12 años de cárcel), al ascender la cuantía de la supuesta apropiación indebida a 2.460.000 pesetas. El artículo 529 del Código Penal establece esta pena para todos aquellos casos que superen el millón de pesetas.
En declaraciones al Diario de Mallorca, Moscoso afirmó el pasado mes de marzo que no adoptaría ninguna decisión sobre la suspensión temporal de Iparraguirre en su cargo hasta que se confirmara el procesamiento de su subordinada. El procesamiento ya es firme, por lo que Moscoso deberá ahora pronunciarse sobre el caso.
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