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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Iguales ante la justicia

LAS CRITICAS formuladas en su día contra la filosofía que informaba la ley de extranjería, y muy especial mente contra algunos de sus preceptos, no eran tan infundadas como pretendieron hacer creer sus inspi radores. La norma comenzó a regular en julio de 1985 la situación de los extranjeros en España. La ambigua redacción de algunos de sus artículos y, sobre todo, la interpretación abusiva que la autoridad gubernativa ha hecho de los mismos en algunos supuestos, origi naron protestas de las organizaciones humanitarias y críticas procedentes de los sectores judiciales. El De fensor del Pueblo consideró un deber interponer recurso de inconstitucionalidad contra una ley que dejaba abiertos demasiados portillos a la arbitrariedad gubernativa y policial. Y lo hizo con tanto fundamento como para lograr que ahora el Tribunal Constitucional declare inconstitucionales los límites administrativos que se imponían a los ciudadanos extranjeros en el ejercicio de los derechos de reunión, manifestación y asociación, y exij a el control judicial sobre cualquier decisión gubernativa que afecte a sus derechos y libertades. Es decir, consolida la interpretación de que los derechos y libertades de los ciudadanos extranjeros, salvo en lo referente a residir en territorio español, son equiparables a los de los ciudadanos españoles y gozan del mismo grado de tutela judicial.Esta interpretación se refuerza con el pronunciamiento que hace el Tribunal Constitucional sobre el sentido que hay que atribuir al polémico artículo 26 de la ley de extranjería, que faculta a la autoridad gubernativa para el internamiento de extranjeros en centros de detención no penitenciarios, con vistas a su eventual expulsión del territorio nacional. Al amparo de dicho artículo se han cometido en los dos años de vigencia de la ley los más degradantes abusos contra ciudadanos extranjeros en España, y hasta llegó a consolidarse un procedimiento paralelo ¡legal de internamiento y expulsión.

A partir de la sentencia que comentamos, el internamiento de extranjeros, previo a su expulsión, es una decisión que depende de los jueces, en cuanto afecta a la libertad personal, aunque la decisión de la expulsión y la ejecución de la misma sean de carácter administrativo. El antiguo monopolio gubernativo en la detención de extranjeros, que ha intentado sobrevivir en la práctica en nuestros días al amparo de la nueva legislación, ya no tiene ningún punto donde apoyarse. Habrá que ver, sin embargo, si esto será suficiente en el futuro para erradicar las prácticas abusivas que con frecuencia se ejercen desde la propia autoridad contra uno de los colectivos más desprotegidos e inermes, como es el que forman los extranjeros.

En España malviven en estos momentos, según Cáritas, unos 700.000 extranjeros, de los que la mitad están indocumentados. Con casi un 2% de extranjeros entre su población, España se ha puesto en este terreno al nivel que el resto de los países de Europa, que, con 20 millones de extranjeros, se ha convertido en una inmensa tierra de asilo para un constante flujo de personas que, víctimas de conflictos políticos o huyendo del hambre o del paro, llegan a sus fronteras )rocedentes de los países del Tercer Mundo. Los pro)lemas que crea esta avalancha humana no hay que .ninimizarlos, pero tampoco hay que olvidar la valiosa aportación de la en-iigración al desarrollo de la economía europea en los años sesenta, en momentos en que era imprescindible una mano de obra a buen precio. Que ahora España se haya convertido en un país de acogida debe impulsarle a una actitud de generosidad y tolerancia para los inmigrantes de los países subdesarrollados que llaman a sus puertas. Y es obligación de un Gobierno que obtuvo el poder con promesas de solidaridad refrenar los impulsos racistas de algunos sectores conservadores y no impulsar la xenofobia, la injusticia y la política del palo a ciegas enarbolando la inseguridad como pretexto.

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